Anexo 3 Modificación del ... 28 de Jun

Anexo 3 Modificación del RDLeg 1302/1986 de 28 de Jun

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ANEXO III. Criterios de selección contemplados en el apartado 2 del artículo 1

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(DEROGADO)

1. Características de los proyectos Las características de los proyectos deberán considerarse, en particular, desde el punto de vista de:

a) El tamaño del proyecto.

b) La acumulación con otros proyectos.

c) La utilización de recursos naturales.

d) La generación de residuos.

e) Contaminación y otros inconvenientes.

f) El riesgo de accidentes, considerando en particular las sustancias y las tecnologías utilizadas.

2. Ubicación de los proyectos La sensibilidad medioambiental de las áreas geográficas que puedan verse afectadas por los proyectos deberá considerarse teniendo en cuenta, en particular:

a) El uso existente del suelo.

b) La relativa abundancia, calidad y capacidad regenerativa de los recursos naturales del área.

c) La capacidad de carga del medio natural, con especial atención a las áreas siguientes:

1. a Humedales.

2. a Zonas costeras.

3. a Áreas de montaña y de bosque.

4. a Reservas naturales y parques.

5. a Áreas clasificadas o protegidas por la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas; áreas de especial protección designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE.

6. a Áreas en las que se han rebasado ya los objetivos de calidad medioambiental establecidos en la legislación comunitaria.

7. a Áreas de gran densidad demográfica.

8. a Paisajes con significación histórica, cultural y/o arqueológica.

3. Características del potencial impacto Los potenciales efectos significativos de los proyectos deben considerarse en relación con los criterios establecidos en los anteriores apartados 1 y2, yteniendo presente en particular:

a) La extensión del impacto (área geográfica y tamaño de la población afectada).

b) El carácter transfronterizo del impacto.

c) La magnitud y complejidad del impacto.

d) La probabilidad del impacto.

e) La duración, frecuencia y reversibilidad del impacto.