Anexo 3 relativo a la tra...anza (ASG)

Anexo 3 relativo a la transparencia e integridad de las actividades de calificación ambiental, social y de gobernanza (ASG)

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ANEXO III. REQUISITOS DE DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN

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1. Requisitos mínimos de divulgación pública de información

De conformidad con el artículo 23 del presente Reglamento, como mínimo, los proveedores de calificaciones ASG harán pública en su sitio web y a través del punto de acceso único europeo (PAUE), la siguiente información:

a) un resumen de las metodologías de calificación utilizadas y sus modificaciones que trate asimismo si el análisis es retrospectivo o prospectivo y el horizonte temporal cubierto;

b) la clasificación sectorial utilizada;

c) un resumen de las fuentes de datos, tanto si provienen de las declaraciones de sostenibilidad exigidas por la Directiva 2013/34/UE como de la información divulgada con arreglo al Reglamento (UE) 2019/2088, y si dichas fuentes son o no públicas, y un resumen de los procesos de datos, una estimación de los datos de cálculo en caso de indisponibilidad y frecuencia de las actualizaciones de los datos;

d) la estructura de propiedad del proveedor de calificaciones ASG;

e) información sobre si los métodos de calificación se basan en pruebas científicas y de qué manera;

f) información sobre el objetivo de la calificación claramente definido y donde se indique si la calificación evalúa riesgos, impactos o ambos con arreglo al principio de doble importancia relativa, o cualesquiera otras dimensiones, y, en el caso de doble importancia relativa, la proporción entre la materialidad del riesgo y del impacto;

g) el alcance de la calificación ASG, a saber, si cubre un factor A, S o G o si se trata de una calificación agregada (que agrega los factores A y S y G), o si trata cuestiones específicas (por ejemplo, riesgos de transición);

h) si se trata de una calificación ASG agregada, la ponderación de las tres categorías de factores ASG generales (por ejemplo, 33 % para el factor A, 33 % para el factor S, 33 % para el factor G) y la explicación del método de ponderación, que engloba el peso de cada categoría A, S y G;

i) dentro de los factores A, S o G, especificación de los temas incluidos en la calificación ASG, y si se corresponden con los temas de las normas de presentación de información sobre sostenibilidad elaboradas de conformidad con el artículo 29 ter de la Directiva 2013/34/UE;

j) información sobre si la calificación se expresa en valor absoluto o relativo;

k) cuando proceda, referencia al uso de la inteligencia artificial para la recopilación de los datos o en los procesos de calificación, incluida información acerca de las limitaciones y los riesgos actuales del uso de inteligencia artificial;

l) información general sobre los criterios utilizados para establecer las tarifas impuestas a los clientes, donde se especifiquen los diversos elementos que se han tenido en cuenta e información general sobre el modelo de negocio o de pago;

m) cualquier limitación en las fuentes de datos y las metodologías utilizadas para la elaboración de calificaciones ASG;

n) los principales riesgos de conflictos de intereses y las medidas adoptadas para atenuarlos;

o) si una calificación ASG de un elemento calificado cubre el factor A, información sobre si dicha calificación tiene en cuenta las metas y los objetivos del Acuerdo de París o de cualquier otro acuerdo internacional pertinente;

p) si una calificación ASG de un elemento calificado cubre los factores S y G, información sobre si dicha calificación tiene en cuenta los acuerdos internacionales pertinentes;

q) cualquier limitación de la información disponible para los proveedores de calificaciones ASG.

2. Requisitos adicionales de divulgación de información para los usuarios de calificaciones ASG y los elementos calificados en el ámbito de aplicación de la Directiva 2013/34/UE

De conformidad con el artículo 24 y además de los requisitos mínimos de divulgación pública de información contemplados en el punto 1 del presente anexo, los proveedores de calificaciones ASG pondrán la siguiente información a disposición de los usuarios de calificaciones ASG, los elementos calificados y los emisores de un elemento calificado, cuando proceda, que sean objeto de dicha calificación:

a) un resumen más detallado de las metodologías de calificación utilizadas (y sus modificaciones) como:

i) cuando proceda, pruebas científicas y supuestos en los que se basan las calificaciones,

ii) los indicadores clave de resultados pertinentes por factor A, S y G, y el método de ponderación,

iii) si se trata de una calificación ASG agregada, el resultado de la evaluación de cada categoría de factores A, S y G, presentada de manera que se garantice la comparabilidad de cada categoría A, S y G,

iv) cualquier posible deficiencia de los métodos y las medidas adoptadas para subsanar dichas deficiencias,

v) las políticas utilizadas para la revisión de las metodologías,

vi) cuando la calificación ASG se haya mejorado o rebajado debido a cambios significativos en los métodos de calificación, los modelos, los principales supuestos para la calificación o las fuentes de datos (incluidas las estimaciones), los motivos de tales cambios y sus implicaciones para la calificación de que se trate,

vii) la fecha de la última revisión de las metodologías,

viii) si la calificación ASG abarca el factor A, si y en qué medida la calificación ASG guarda relación con el porcentaje de adaptación a la taxonomía con arreglo al Reglamento (UE) 2020/852, o se ajusta a otros acuerdos internacionales, junto con una explicación de cualquier desviación significativa al respecto;

b) una visión general más detallada de los procesos de datos, que incluya:

i) una explicación más detallada de las fuentes de datos utilizadas, ya sean públicas o no, si son objeto de un encargo de fiabilidad o no, y si se derivan de las normas de presentación de información sobre sostenibilidad elaboradas en virtud de los artículos 19 bis y 29 ter de la Directiva 2013/34/UE relativa a las actividades económicas sostenibles y la divulgación de información de en virtud del Reglamento (UE) 2020/852 y el Reglamento (UE) 2019/2088, y si se utiliza, y en qué medida, la información relativa a los planes de transición de las empresas derivados de las normas de presentación de información sobre sostenibilidad,

ii) cuando proceda, el uso de la estimación y la media del sector, y la explicación de la metodología subyacente,

iii) las políticas de actualización de los datos y de revisión de los datos históricos, y la fecha de las últimas actualizaciones de los datos,

iv) los controles de calidad de los datos, su frecuencia y el proceso de subsanación en caso de que surjan problemas,

v) cuando proceda, cualquier medida adoptada para abordar las limitaciones de las fuentes de datos;

c) cuando proceda, información sobre la relación con los elementos calificados y los emisores de elementos calificados, incluido si el proveedor de calificaciones ASG ha realizado revisiones o visitas sobre el terreno y con qué frecuencia;

d) si un proveedor de calificaciones ASG emite una calificación no solicitada, una indicación destacada a tal efecto en la calificación ASG que incluya información sobre si el elemento calificado o un tercero vinculado han sido informados de que serían objeto de calificación, si participaron en el proceso de calificación y si el proveedor de calificaciones ASG tuvo acceso a la gestión y otros documentos internos pertinentes del elemento calificado o un tercero vinculado;

e) cuando proceda, una explicación de cualquier metodología de inteligencia artificial utilizada en el proceso de recopilación de los datos o de calificación;

f) si se obtuviese nueva información importante relativa a un elemento calificado que pueda afectar al resultado de una calificación ASG, los proveedores de calificaciones ASG describirán cómo han tenido en cuenta dicha información y si han modificado la calificación ASG correspondiente.

Cuando proceda, la información a que se refiere el punto 2 del presente anexo será específica para cada una de las calificaciones ASG distribuidas.