Anexo 3 Requisitos para la comercialización y puesta en servicio de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques
ANEXO III
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Especificaciones técnicas aplicables a las placas de matrícula
1. Especificaciones generales.
1.1 Definiciones.
1.1.1 Placa embutida tintada después de la embutición.
La placa que está formada al menos por un sustrato y material reflectante adherido a su superficie y que una vez embutida es necesario pintarla para destacar los caracteres.
1.1.2 Placa embutida tintada antes de la embutición.
La placa que está provista de uno o varios sustratos y que después de la embutición separando la lámina superior de los caracteres tras haberla cortado aparecen los caracteres pintados.
1.1.3 Placa no embutida.
La placa en la que los dígitos se obtienen por impresión digital o cualquier otro procedimiento similar.
1.1.4 Reborde de la placa:
Franja estrecha embutida o plana que sobresale 5 mm del borde de la placa, cuando sea exigible por las características mecánicas del material del sustrato, sin cubrir ni pintar y exteriormente a la superficie reflectante.
1.2 Materiales.
1.2.1 El conjunto de la placa de matrícula embutida estará formado, al menos, por un sustrato pintado o no, resistente a la corrosión y una lámina retrorreflectante aplicada directamente sobre éste. Las placas no deben presentar defectos de fabricación que perjudiquen su correcta utilización ni su buena conservación.
1.2.2 El conjunto de la placa de matrícula no embutida estará formado por una lámina retrorreflectante y al menos una plancha de material soporte. Las placas no deben presentar defectos de fabricación que perjudiquen su correcta utilización ni su buena conservación.
1.2.3 Las tintas y láminas deben ser de buena calidad a fin de asegurar la función de la placa de manera permanente en condiciones normales de utilización.
1.2.4 Cuando los caracteres troquelados o embutidos en la placa exijan, por su procedimiento, el pintado después de la embutición, el fabricante de la placa vendrá obligado a certificar la tinta a utilizar conjuntamente con el horno de secado, responsabilizándose de la utilización de la misma por parte de sus manipuladores y expendedores de placas. De la misma manera certificará la tinta o asimilable a utilizar en el resto de placas.
1.3 Caracteres.
La anchura, altura, grueso de trazo, separación entre caracteres, espacio entre grupo de caracteres, separación a bordes (horizontales, entre líneas, verticales línea superior derecha e izquierda, verticales línea inferior derecha e izquierda) así como la tolerancia entre éstos, deberá ajustarse a lo dispuesto en el punto IV, anexo XVIII «Dimensiones y especificaciones de las placas y sus caracteres» del Reglamento General de Vehículos.
1.4 Colores.
Los colores del fondo de las placas y de los caracteres serán los que indica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, debiendo ajustarse a las especificaciones fotométricas y colorimétricas que se señalan en el epígrafe 2 de este anexo. No se permitirá, para los caracteres impresos en las placas, otro color diferente al negro mate, rojo mate o blanco mate, dependiendo del tipo de matrícula, y éste deberá rellenar de forma completa y uniforme el interior de los mismos (relleno sólido); tampoco se admitirá que el relleno de los caracteres se realice de forma degradada o similar.
1.5 Reborde de las placas de matrícula.
Las placas de matrícula podrán llevar reborde, plano, sin cubrir ni pintar, y exteriormente a la superficie reflectante, con una anchura de 5.0 mm y, en el caso de placas embutidas, una embutición de 0,8 ± 0,1 mm
1.6 Marcas de seguridad contra falsificaciones.
1.6.1 La lámina reflectante contendrá, al menos, como parte integrante, unas marcas de seguridad para evitar falsificaciones. Dichas marcas consistirán en el escudo oficial de España, y de un anagrama, logotipo o marca de fábrica del fabricante de la lámina retrorreflectante.
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1.6.2 El escudo oficial de España estará inscrito en un rectángulo de 20 x 17 mm y estará distribuido uniformemente por toda la superficie de la lámina, conforme a lo especificado en la figura 1.
1.6.3 El anagrama, logotipo o marca de fábrica, correspondiente a cada fabricante de lámina retrorreflectante o de la placa de matrícula, estará inscrita en un cuadrado de 6 mm de lado, distribuidas entre los espacios resultantes del escudo de España centrados en ellos, tal y como se indica en la figura 1 en la que figuradamente aparece la inscripción XX.
1.6.4 Dados los avances técnicos que se producen en esta industria con base en las nuevas tecnologías el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, previo informe del Ministerio del Interior sobre garantía del nivel de seguridad pública y de las personas, podrá autorizar la incorporación a las placas de matrícula de otros elementos de seguridad, siempre que los mismos añadan un plus de seguridad o estén encaminados a evitar modificaciones o falsificaciones de las placas de matrícula.
1.7 Método de fijación de la placa.
El método de fijación de la placa al vehículo será el establecido por el fabricante de la misma.
2. Especificaciones fotométricas y colorimétricas.
2.1 Definiciones.
A los efectos de estas especificaciones, se entiende por:
2.1.1 Material retrorreflectante.
Una superficie y objeto que refleja y devuelve una porción relativamente alta de luz en la misma dirección de la que proviene. Esta característica se mantiene en una amplia variedad de ángulos formados por el rayo de luz incidente y la normal a la superficie reflectante.
2.1.2 Ángulo de entrada.
El ángulo formado entre el eje de iluminación y el eje reflectante.
2.1.3 Ángulo de observación.
El ángulo formado entre el eje de iluminación y el eje de observación.
2.1.4 Coeficiente de reflexión.
El resultado obtenido de dividir el coeficiente de intensidad luminosa emitida por una superficie plana reflectante por su área, expresado en cd. lux-1. m-2.
2.1.5 Factor de luminancia.
El número de veces que el elemento es más brillante que una superficie blanca de difusión perfecta.
2.2 Símbolos y abreviaturas.
H= cuando la iluminación del rayo luminoso incidente o de entrada se realiza horizontalmente.
V= Cuando la iluminación del rayo luminoso incidente o de entrada se realiza verticalmente.
CIE = Commission Internationale de l? Eclairage CIE= Comisión Internacional del Alumbrado.
2.3 Especificaciones fotométricas.
2.3.1 Los valores mínimos de reflectancia de material nuevo, expresados en candelas por lux por metro cuadrado (cd. lux-1. m-2) serán los especificados en el cuadro I, cuando se ilumina con el iluminante Standard A de la CIE, y medido según recomendación de la CIE con los ángulos de entrada y de observación en el mismo plano.
2.3.2 El ajuste del ángulo de entrada se hará de forma que los ángulos de entrada y de observación estén en lados opuestos de la línea que une el foco luminoso con el centro de la muestra.
CUADRO I
Geometría Coplanar
| Color del producto | Ángulo de observación | Ángulo de entrada | ||||
| H = 0º | V= 5ºV = 30º | V= 40º | V=45º | |||
| cd. lux-1. m-2 | ||||||
| Blanco | 0º 12? | - | 70.00 | 30.00 | - | 6.00 |
| 0º 20? | - | 50.00 | 25.00 | - | 3.00 | |
| 1º 30? | - | 5.00 | 2.00 | - | 1.00 | |
| Rojo | 0º 12? | - | 10.00 | 4.00 | 1.40 | - |
| 0º 20? | - | 7.00 | 2.50 | 1.20 | - | |
| 1º 30? | - | 0.60 | 0.30 | 0.20 | - | |
| Verde | 0º 12? | - | 9.00 | 3.00 | 1.00 | - |
| 0º 20? | - | 7.00 | 2.30 | 0.90 | - | |
| 1º 30? | - | 0.60 | 0.15 | 0.08 | - | |
| Azul | 0º 12? | - | 3.00 | 1.50 | - | - |
| 0º 20? | - | 1.50 | 1.00 | - | - | |
| 1º 30? | - | 0.30 | - | - | - | |
| Amarillo | 0º 12? | - | 40.00 | 16.00 | 7.00 | - |
| 0º 20? | - | 28.00 | 11.00 | 5.00 | - | |
| 1º 30? | - | 3.00 | 2.00 | 1.00 | - | |
2.4 Especificaciones colorimétricas.
2.4.1 Cuando se mide según las especificaciones de la publicación CIE número 15 (1971) y con la superficie iluminada con un iluminante standard D65, bajo un ángulo de 45º a la normal (geometría 45/0), el color de fondo de la superficie retrorreflectante deberá estar situado dentro del área definida por las coordenadas cromáticas del cuadro II y ajustarse al factor de luminancia.
2.4.2 Pueden usarse métodos o instrumentos colorimétricos equivalentes, pero, en caso de duda, el método espectrofotométrico se tomará como método de referencia.
CUADRO II
| Color | 1 | 2 | 3 | 4 | Factor de luminancia | |
| Blanco | X Y | 0.355 0.355 | 0.305 0.305 | 0.285 0.325 | 0.335 0.375 | > 0.35 |
| Rojo | X Y | 0.690 0.310 | 0.595 0.315 | 0.569 0.341 | 0.655 0.345 | > 0.05 |
| Verde | X Y | 0.007 0.703 | 0.248 0.409 | 0.177 0.362 | 0.026 0.399 | > 0.04 |
| Azul | X Y | 0.078 0.171 | 0.150 0.220 | 0.210 0.160 | 0.137 0.038 | > 0.01 |
| Amarillo | X Y | 0.545 0.454 | 0.487 0.423 | 0.427 0.483 | 0.465 0.534 | > 0.27 |
3. Ensayos.
3.1 Resistencia a la temperatura.
Para verificar el comportamiento de la placa debido a las dilataciones de los diferentes materiales que componen la misma, una muestra de prueba se someterá a las siguientes condiciones en serie:
a) Durante seis horas consecutivas a una temperatura de 65 ±2 ºC y humedad relativa de 10 ±5 por 100.
b) Durante una hora a una temperatura de 25 ±5 ºC y humedad relativa del 50 ±10 por 100.
c) Durante quince horas consecutivas a una temperatura de -20 ºC ±2 ºC.
Al final de este ensayo, el material retrorreflectante, las letras y los dígitos no mostrarán ningún tipo de agrietamiento, burbujas, decoloración o peladura del sustrato.
3.2 Adhesión al sustrato.
La muestra de prueba se acondicionará durante una hora a -20 ºC. Inmediatamente después de este acondicionamiento, no será posible arrancar físicamente el material retrorreflectante en una pieza del sustrato en que esté pegada la superficie de contacto reflexiva adhesiva.
Para verificar la adhesión al sustrato, se acondicionará una placa, sin grabar, durante una hora a -20 ºC ±2 ºC. Inmediatamente después de este acondicionamiento no será posible arrancar físicamente en una sola pieza el material retrorreflectante del sustrato, considerando como sustrato a ensayar el que tenga más superficie de contacto con la parte adhesiva del material retrorreflectante.
3.3 Resistencia de las placas al impacto y verificación de sus especificaciones geométricas.
3.3.1 Impacto.
Colocar la muestra de ensayo con el lado reflectante hacia arriba sobre un soporte sólido formado por una placa de acero de unos 12,5 mm a una temperatura ambiente de 20 ºC.
Dejar caer una bola de acero de 25 mm de diámetro, desde una altura de 2 m, sobre una sección plana de la muestra.
El material retrorreflectante no deberá mostrar resquebrajaduras o separación del sustrato más allá de una distancia de 5 mm del área impactada.
3.3.2 Geometría.
La geometría de la placa y sus medidas, así como la grabación de los caracteres, se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamento General de Vehículos.
3.4 Resistencia al agua.
Sumergir la muestra de prueba, durante un período de veinticuatro (24) horas consecutivas, en agua destilada (desionizada) a 25 ±5 ºC y dejarla secar después, durante cuarenta y ocho (48) horas, a temperatura ambiente normal. Una vez concluido el ensayo, la muestra no presentará evidencia alguna, ni síntomas significativos de deterioro que pudiera reducir la eficacia de su comportamiento. Posteriormente se realizarán los ensayos definidos en los epígrafes 2.4.
3.5 Limpieza.
Una muestra de ensayo, impregnada con una mezcla de 98 partes de aceite lubricante pesado y dos partes de grafito, podrá limpiarse con facilidad sin dañar la superficie reflectante al frotarla con un disolvente alifático, como el n-heptano, y lavarla después con un detergente neutro.
3.6 Resistencia a los carburantes.
Sumergir una parte de la muestra de prueba, que contenga letras y números sobre un fondo de reflectante completamente blanco, durante un minuto, en carburante de ensayo compuesto de un 70 por 100 de n-heptano y un 30 por 100 de tolueno (en volumen).
Una vez retirada, se inspeccionará la superficie de la muestra, que no deberá mostrar ningún cambio visible que pudiera reducir su rendimiento efectivo.
3.7 Resistencia del distintivo comunitario y otras marcas de seguridad al frotamiento.
Sobre el distintivo comunitario, sobre las marcas de seguridad y sobre las tintas, se realizarán 20 frotamientos mediante un paño de tela de algodón impregnado con alcohol de 96º ejerciendo, sobre el mismo, en cada uno de los 20 frotamientos, una presión de 0,800 N.
Se considera superado el ensayo si tras su finalización no se aprecian alteraciones de importancia.
3.8 Resistencia a la niebla salina (corrosión).
Someter una muestra de prueba a una niebla salina durante dos ciclos de veintidós (22) horas cada uno, separados por un intervalo de dos (2) horas, a temperatura ambiente, durante las cuales se dejará secar la muestra.
La niebla salina se producirá por atomización proyectada a una temperatura de 35 ±2 ºC, de una solución salina obtenida disolviendo cinco partes en peso de cloruro de sodio en 95 partes de agua destilada (desionizada) conteniendo menos del 0,02 por 100 de impurezas. Una vez terminado el ensayo, la muestra se lavará con agua y se secará con un paño, para examinarla seguidamente. No deberá existir corrosión en la superficie, visible a 2 metros de distancia, capaz de perjudicar la eficacia de la placa. Este ensayo no será preciso si, a juicio del Servicio Técnico, los materiales que constituyen la placa no son susceptibles de corrosión.
3.9 Ensayo de falsificación de la lámina retrorreflectante.
3.9.1 Las marcas de seguridad y cualquier otra situada en la superficie del material reflectante deberán ser visibles, pudiendo tener puntos angulares de visibilidad nula, bajo condiciones de luz difusa (ejemplo: la luz del día) o luz con gran ángulo de incidencia a una distancia de 1,5 a 2 metros.
No deberán ser visibles bajo luz retrorreflejada cuando la superficie de la lámina se ilumine perpendicularmente o con un mínimo ángulo de incidencia de luz.
A partir de una distancia de 2-3 metros ya no debe poder verse a simple vista.
Deben resistir todos los ataques químicos o físicos a los cuales están expuestas normalmente las placas de matrícula, salvo que éstos ocasionen daños irreparables en la lámina retrorreflectante.
No deberán poderse quitar de la lámina retrorreflectante por medios químicos o físicos, sin causar daños irreparables al sistema retrorreflectante; esto es, deben ser parte integrante e inseparable de la lámina retrorreflectante. Este requisito se considera cumplido si se satisface el ensayo del epígrafe 3.7.
3.9.2 Las propiedades reflectantes de las marcas no podrán reproducirse ni dentro ni sobre otros materiales reflectantes comúnmente disponibles en el mercado.
