Anexo 3 sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades
ANEXO III
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
PARTE A
DIRECTIVAS DEROGADAS Y SUS SUCESIVAS MODIFICACIONES
(A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 166)
| Directiva 82/891/CEE del Consejo (DO L 378 de 31.12.1982, p. 47). | |
| Directiva 2007/63/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 300 de 17.11.2007, p. 47). | Artículo 3 |
| Directiva 2009/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 259 de 2.10.2009, p. 14). | Artículo 3 |
| Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190). | Artículo 116 |
| Directiva 89/666/CEE del Consejo (DO L 395 de 30.12.1989, p. 36). | |
| Directiva 2012/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 156 de 16.6.2012, p. 1). | Artículo 1 |
| Directiva 2005/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 310 de 25.11.2005, p. 1). | |
| Directiva 2009/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 259 de 2.10.2009, p. 14). | Artículo 4 |
| Directiva 2012/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 156 de 16.6.2012, p. 1). | Artículo 2 |
| Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190). | Artículo 120 |
| Directiva 2009/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 258 de 1.10.2009, p. 11). | |
| Directiva 2012/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 156 de 16.6.2012, p. 1). | Artículo 3 |
| Directiva 2013/24/UE del Consejo (DO L 158 de 10.6.2013, p. 365). | Artículo 1 y anexo, parte A, punto 1 |
| Directiva 2011/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 110 de 29.4.2011, p. 1). | |
| Directiva 2013/24/UE del Consejo (DO L 158 de 10.6.2013, p. 365). | artículo 1 y anexo, parte A, punto 3 |
| Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190). | Artículo 122 |
| Directiva 2012/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 14.11.2012, p. 74). | |
| Directiva 2013/24/UE del Consejo (DO L 158 de 10.6.2013, p. 365). | Artículo 1 y anexo, parte A, punto 4 |
| Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190). | Artículo 123 |
PARTE B
PLAZOS DE TRANSPOSICIÓN AL DERECHO NACIONAL Y FECHAS DE APLICACIÓN
(A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 166)
| Directiva | Plazo de transposición | Fecha de aplicación |
| 82/891/CEE | 1 de enero de 1986 | -- |
| 89/666/CEE | 1 de enero de 1992 | 1 de enero de 1993 (1) |
| 2005/56/CE | 15 de diciembre de 2007 | -- |
| 2007/63/CE | 31 de diciembre de 2008 | -- |
| 2009/109/CE | 30 de julio de 2011 | -- |
| 2012/17/UE | 7 de julio de 2014 (2) | -- |
| 2013/24/UE | 1 de julio de 2013 | -- |
| 2014/59/UE | 31 de diciembre de 2014 | 1 de enero de 2015 (3) |
(1) Conforme al artículo 16, apartado 2, de la Directiva 89/666/CE, los Estados miembros dispondrán que las disposiciones mencionadas en el apartado 1 se apliquen a partir del 1 de enero de 1993 y, en lo que respecta a los documentos contables, que se apliquen por primera vez a las cuentas del ejercicio que comience el 1 de enero de 1993 o durante el año 1993.
(2) Conforme al artículo 5, apartado 2, de la Directiva 2012/17/UE, los Estados miembros adoptarán, publicarán y aplicarán, a más tardar el 8 de junio de 2017, las disposiciones necesarias para cumplir lo dispuesto en:
- el artículo 1, apartados 3 y 4, y el artículo 5 bis de la Directiva 89/666/CEE,
- el artículo 13 de la Directiva 2005/56/CE,
- el artículo 3, apartado 1, párrafo segundo, el artículo 3 ter, el artículo 3 quater, el artículo 3 quinquies y el artículo 4 bis, apartados 3 a 5, de la Directiva 2009/101/CE.
(3) Conforme al artículo 130, apartado 1, párrafo tercero, de la Directiva 2014/59/UE, los Estados miembros aplicarán las disposiciones adoptadas al objeto de cumplir lo dispuesto en el título IV, capítulo IV, sección 5, de dicha Directiva a partir del 1 de enero de 2016 a más tardar.
