Anexo 4 Homologación de t...s (Euro 7)

Anexo 4 Homologación de tipo de vehículos de motor y motores y de sistemas, componentes y unidades destinados a esos vehículos en lo que respecta a sus emisiones y a la durabilidad de las baterías (Euro 7)

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ANEXO IV. REQUISITOS DE VIDA ÚTIL

Vigente

Cuadro 1: Vida útil de los vehículos, los motores y los sistemas de control de la contaminación

Vida útil de los vehículos, los motores y los dispositivos de control de la contaminación de recambio

M1, N1 y M2

N2, N3<=16 t (*1), M3<=7,5 t (*1)

N3>16 t (*1), M3>7,5 t (*1)

Vida útil principal

Hasta 160 000 km o, si transcurren antes, ocho años

300 000 km o, si transcurren antes, ocho años

700 000 km o, si transcurren antes, doce años

Vida útil adicional

Después de la vida útil principal y hasta 200 000 km o, si transcurren antes, diez años

Después de la vida útil principal y hasta 375 000 km o, si transcurren antes, diez años

Después de la vida útil principal y hasta 875 000 km o, si transcurren antes, quince años

Cuadro 2: Multiplicadores de durabilidad aplicables para ajustar los límites de emisiones de escape con arreglo al anexo 1 al someter a ensayo vehículos, motores y dispositivos de control de la contaminación de recambio durante la vida útil adicional

Multiplicadores de durabilidad

M1, N1 y M2

N2, N3<=16 t (*2), M3<=7,5 t (*2)

N3>16 t (*2), M3>7,5 t (*2)

Multiplicador de durabilidad para la vida útil adicional

1,2 para contaminantes gaseosos

(*1) Masa máxima.

(*2) Masa máxima.