Anexo 4 Plan de Inversiones Locales
ANEXO IV. Criterios de reparto programa de libre determinación
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La cuantía del Programa de Libre Determinación CPLD se distribuirá en base a dos variables:
A.- Población: cada municipio percibirá una cuantía fija CPOB en función del tramo de población en que se encuadre, conforme al siguiente cuadro:
| TRAMO DE POBLACIÓN | EUROS POR MUNICIPIO AÑO 2022 | EUROS POR MUNICIPIO AÑO 2023 Y SIGUIENTES |
| Hasta 99 | 18.216,00 | 10.929,60 |
| Entre 100 y 499 | 31.812,00 | 19.087,20 |
| Entre 500 y 999 | 54.516,00 | 32.709,60 |
| Entre 1.000 y 1.999 | 63.624,00 | 38.174,40 |
| Entre 2.000 y 2.999 | 72.732,00 | 43.639,20 |
| Entre 3.000 y 4.999 | 81.840,00 | 49.104,00 |
| Entre 5.000 y 9.999 | 95.436,00 | 57.261,60 |
| Entre 10.000 y 29.999 | 120.516,00 | 72.309,60 |
| Entre 30.000 y 199.999 | 172.788,00 | 103.672,80 |
| Más de 199.999 | 294.888,00 | 176.932,80 |
Los importes establecidos para 2023, serán incrementados en los ejercicios siguientes en el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior.
A estos efectos, se tomará en cuenta la cifra oficial de población de la entidad local, a 31 de diciembre del año anterior a la publicación de la resolución a la que hace referencia el artículo 30 de la presente ley foral.
B.- Dispersión: los municipios compuestos y los municipios simples con núcleos de población adscritos, percibirán una cuantía adicional CDIS, en base a la dispersión geográfica de su población.
El importe total a repartir por este concepto será el que resulte de restar a la cuantía anual Programa Libre Determinación, el importe necesario para hacer el reparto por tramos de población, conforme a lo indicado en el apartado A.
CDIS = CPLD-CPOB
El importe correspondiente a cada municipio por la dispersión de su población, CDIS-MUN, se obtendrá del producto entre la cuantía total destinada a dispersión CDIS y el índice de dispersión del municipio IDIS-MUN.
CDIS-MUN = CDIS x IDIS-MUN
El índice de dispersión del municipio se basa en el inverso del índice de Herfindahl y tiene la siguiente fórmula:
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Siendo:
Pn: Población de cada núcleo de población adscrito a un municipio.
Pm: Población de cada municipio con núcleos de población adscritos, de acuerdo con la publicación oficial del Instituto de estadística de Navarra.
n: número de núcleos de población adscritos a un municipio.
m: número de municipios con núcleos de población adscritos.
Una vez calculados los importes correspondientes a cada entidad local, si es necesario hacer algún ajuste para alcanzar la dotación total del Programa de Libre Determinación, este se realizará modificando, al alza o a la baja, la cuantía que corresponda por población CPOB del municipio más poblado.
Dicho ajuste no podrá suponer una disminución superior al 0,10 % de la cantidad asignada.
Cálculo de aportaciones del Programa de Libre Determinación para concejos.
Se detraerá de la aportación asignada a cada municipio compuesto una parte que se redistribuirá entre los concejos. El importe correspondiente a los concejos de cada municipio compuesto se calculará multiplicando el 50 % de la cuantía del correspondiente municipio por la proporción que representen los habitantes de los concejos sobre la población total del municipio. El 50 % de la cuantía correspondiente a los concejos se repartirá a partes iguales entre el número total de concejos del municipio compuesto. El 50 % restante se distribuirá de forma proporcional a la población de cada concejo.
La cuantía mínima a percibir por cada concejo en 2022 será de 3.000 euros y de 1.800 euros para los años 2023 y siguientes.
La cuantía mínima correspondiente a cada concejo se obtendrá detrayendo el importe que resulte necesario, en su caso, de la aportación inicial asignada al municipio compuesto.
