Anexo 4 al Reglamento de ...ecreativas

Anexo 4 al Reglamento de desarrollo de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas

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ANEXO IV AL DECRETO 17/2019, DE 5 DE FEBRERO. LETRERO O PLACA DEL ESTABLECIMIENTO

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El letrero o placa identificativo del establecimiento se confeccionará con arreglo a las siguientes características y dimensiones:

1.- Letrero o cartel (dimensiones mínimas):

- Tamaño: 297 x 420 mm.

- Material: Papel de 90 g.

2.- Contenido del cartel.

En la parte superior constará, a la izquierda el logotipo del Gobierno Vasco y a su derecha el nombre y logotipo del ayuntamiento.

La parte central constará de tres cuerpos:

En el primer cuerpo constará a la izquierda el nombre del establecimiento y, en el caso de personas jurídicas, su titularidad; en el centro un círculo indicará el grupo de clasificación horaria (indicado tanto por el color como con el número de clasificación: 1, 2, 3 o 4), y a la derecha la actividad y el aforo autorizado.

Debajo, en el segundo cuerpo, constará a la izquierda la expresión Ordutegia/Horario y la información correspondiente a los horarios de apertura y cierre tanto en días ordinarios como en viernes y vísperas de festivos, en invierno y en verano, y a la derecha de todo ello el siguiente texto: «El horario general de cierre de los establecimientos y de finalización de otros espectáculos o actividades se podrá incrementar dos horas por autorización municipal, según art. 37 del decreto». Todo ello según se refleja en el gráfico de este anexo.

Las ampliaciones o restricciones al horario general establecidas por la autoridad competente deberán consignarse en el letrero o placa.

Justo debajo del segundo cuerpo el ayuntamiento podrá disponer información adicional sobre el establecimiento conforme a lo que dispongan sus ordenanzas locales.

En el cuerpo inferior de la parte central se contendrá un apartado referente a la prohibición de entrada a personas menores de edad cuando así lo exija la normativa, así como a otras condiciones de admisión al establecimiento establecidas en la normativa o impuestas legítimamente por su titular.

En el caso de los establecimientos relacionados en el artículo 52 de este decreto deberá constar además en letra mayúscula de color blanco sobre fondo del color distintivo de la clasificación horaria la siguiente expresión: «DEBEKATUTA DAGO ADINGABEKOAK SARTZEA/PROHIBIDA LA ENTRADA A MENORES DE EDAD».

En dicho cuerpo inferior deberá constar, en su caso, el logotipo siguiente para indique que el nivel de sonido supera el límite de los 90 decibelios. En la parte inferior del cartel se hará constar la referencia al «Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la ley de espectáculos públicos y actividades recreativas».

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3.- Colores distintivos de la clasificación horaria:

- Grupo 1 - PANTONE: 293 C

- Grupo 2 - PANTONE: 347 C

- C Grupo 3 - PANTONE: Rubine Red C

- Grupo 4 - PANTONE: 2592 C.

Establecimiento de régimen especial: PANTONE Black 100%.

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