Anexo 4 relativo al etiqu...s textiles

Anexo 4 relativo al etiquetado de composición de los productos textiles

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ANEXO IV. Productos para los cuales solo es obligatorio un etiquetado global

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1. Bayetas.

2. Paños de limpieza.

3. Orlas y adornos.

4. Pasamanería.

5. Cinturones.

6. Tirantes.

7. Ligas y jarreteras.

8. Cordones.

9. Cintas.

10. Elásticos.

11. Embalajes nuevos y vendidos como tales.

12. Cordeles, para embalajes agrícolas. Cordeles, cuerdas y cordajes, distintos de los contemplados en el punto 39 del anexo III (1).

13. Manteles individuales.

14. Pañuelos.

15. Redecillas y redes para el pelo.

16. Pajaritas y corbatas para niños.

17. Baberos y manoplas de aseo.

18. Hilos de coser, de zurcir y de bordar, acondicionados para su venta al por menor en pequeñas unidades y cuyo peso no exceda de 1 gramo.

19. Cintas y cordones para cortinas y persianas.

20. Paños higiénicos.

(1) Para los productos que figuran en este punto y vendidos a metros, el etiquetado global es el de la pieza. Entre las cuerdas y cordajes contemplados en este punto están concretamente los utilizados en alpinismo y para el deporte náutico.

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