Anexo 4 Renta Mínima de Inserción Social
- Aquellas unidades familiares a las que se les haya resuelto por extinción la Renta Mínima de Inserción Social en cumplimiento de los preceptos que han sido objeto de modificación por la Ley 7/2018, de 30 de julio, podrán solicitarla nuevamente a partir del 2 de agosto de 2018 sin tener que esperar los 12 meses previstos en la letra a) de la D.T. 2ª del presente Decreto-ley 3/2017. Asimismo, dicha modificación será de aplicación a los procedimientos de solicitud de esta prestación económica que se encuentren iniciados y pendientes de resolución en la fecha de entrada en vigor de la citada Ley 7/2018.
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»ANEXO IV. PROYECTO DE INTERVENCIÓN SOCIAL. PLAN DE INCLUSIÓN SOCIOLABORAL
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PROYECTO DE INTERVENCIÓN SOCIAL. PLAN DE INCLUSIÓN SOCIOLABORAL
Decreto-Ley 3/2017 de 19 de diciembre por el que se Regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
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Modificaciones
- Artículo modificado (Anexo IV) por Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se modifica el modelo de solicitud y los Anexos II, III, IV y VI dispuestos en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, que regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
(JA de 25-09-2018) en vigor desde 26-09-2018
