Anexo 5 Asignación de der... de la PAC

Anexo 5 Asignación de derechos de régimen de pago básico de la PAC

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ANEXO V. Documentación acreditativa de los solicitantes a la reserva nacional

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I. Documentación acreditativa de los solicitantes a la reserva nacional en las campañas 2015 y 2016.

Con carácter general, los solicitantes deberán presentar:

1. Una relación detallada de todas y cada una de las parcelas de su explotación de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

2. Cualquier otra documentación que determine la autoridad competente.

En particular:

1. Agricultores legitimados para recibir derechos de ayuda o para aumentar el valor de los derechos existentes en virtud de una sentencia judicial firme o de un acto administrativo firme:

Copia de la sentencia o del acto administrativo firme.

2. Jóvenes agricultores y agricultores que comiencen su actividad agrícola:

Documento que acredite la fecha de alta en la seguridad social, correspondiente a la actividad agraria que determinó su incorporación.

La presentación de este documento podrá ser sustituida por una autorización a los órganos competentes de las comunidades autónomas para recabar directamente de la Tesorería General de la Seguridad Social la certificación o información que justifique el desarrollo de una actividad agraria y el inicio de la misma.

3. Agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico en 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, en los casos 24.5.b) y 24.5.c) del real decreto:

- Justificante que acredite alguna de las causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales relacionadas en el anexo III, o bien una de las siguientes:

a. Circunstancias excepcionales relacionadas con el programa nacional para el fomento de actividades agrícolas específicas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de cáscara establecido, en el año 2013, en el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero.

b. No presentación de la solicitud única en 2013 o en 2015, por causas atribuibles a la entidad colaboradora.

- Además de la documentación relacionada en el anexo III de este real decreto que proceda en cada caso, se aportarán los documentos justificativos de las causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales descritas en el presente anexo:

1. Declaración jurada sobre la rotación de cultivos en la explotación el año 2013 que justifique la imposibilidad de solicitar la ayuda específica ese año.

2. Liquidación del seguro de responsabilidad civil por parte de la entidad colaboradora y declaración jurada sobre la omisión cometida por parte de la misma.

II. Documentación acreditativa de los solicitantes a la reserva nacional 2017.

Con carácter general, los solicitantes deberán presentar:

1. Una relación detallada de todas y cada una de las parcelas de su explotación de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

2. Cualquier otra documentación que determine la autoridad competente. En particular:

1. Agricultores legitimados para recibir derechos de ayuda, o para aumentar el valor de los derechos existentes, en virtud de una sentencia judicial firme o de un acto administrativo firme:

Copia de la sentencia o del acto administrativo firme.

2. Jóvenes agricultores, y agricultores que comiencen su actividad agrícola:

Documento que acredite la fecha de alta en la seguridad social, correspondiente a la actividad agraria que determinó su incorporación.

La presentación de este documento podrá ser sustituida por una autorización a los órganos competentes de las comunidades autónomas para recabar directamente de la Tesorería General de la Seguridad Social la certificación o información que justifique el desarrollo de una actividad agraria y el inicio de la misma.

3. Agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico en 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, previstas en el artículo 24.5 de este real decreto:

A estos efectos, dentro de las causas de fuerza mayor establecidas en el artículo 17 de este real decreto, se consideran que justifican la imposibilidad de presentar la solicitud única en 2015 las que se detallan a continuación, a cuyo efecto deberá presentarse la documentación que se prevé en cada caso:

a) Fallecimiento del beneficiario o desaparición del mismo.

Certificado de defunción o denuncia de la desaparición, declaración de ausencia o declaración de fallecimiento.

b) Incapacidad laboral de larga duración del beneficiario.

Certificado del centro gestor de la Seguridad Social sobre incapacidad de larga duración. El solicitante podrá autorizar a los órganos competentes de las comunidades autónomas para recabar directamente del centro gestor de la Seguridad Social la certificación o información que justifique la incapacidad de larga duración.

c) Problemas en la tramitación de la solicitud de ayuda de la campaña 2015 que no sean responsabilidad del agricultor y que hayan dado lugar a la no presentación de dicha solicitud.

Liquidación del seguro de responsabilidad civil por parte de la entidad colaboradora o documentación acreditativa de haber sido indemnizado por la entidad colaboradora y declaración jurada sobre la omisión cometida por parte de la misma.

No obstante, las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias, pueden considerar otros casos de causas de fuerza mayor establecidos en el artículo 17, así como la documentación justificativa correspondiente.