Anexo 5 Folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado
ANEXO V. NOTA SOBRE LOS VALORES PARA EL FOLLETO DE LA UNIÓN DE CRECIMIENTO
I. Responsabilidad sobre la nota sobre los valores
El propósito es identificar al emisor y sus representantes y a otras personas relacionadas con la oferta de la empresa o su admisión a cotización, que son las personas responsables de elaborar el folleto.
II. Declaración sobre capitalización y endeudamiento (solo para los valores participativos emitidos por empresas con una capitalización bursátil superior a los 200 000 000 EUR) y declaración relativa al capital de explotación (solo para los valores participativos).
El propósito es facilitar información sobre la capitalización y el endeudamiento del emisor y sobre si el capital de explotación es suficiente para cubrir las necesidades actuales del emisor o, en caso contrario, cómo propone el emisor aportar el capital de explotación adicional necesario.
(NOTA: Apdo. II aplicable a partir del 31 de diciembre de 2019)
III. Condiciones de los valores
El propósito es facilitar información fundamental sobre las condiciones de los valores y una descripción de todos los derechos vinculados a los mismos. Habrán de incluirse asimismo los factores de riesgo específicos de los valores.
IV. Información sobre la oferta y calendario previsto
El propósito es facilitar información sobre la oferta y, si procede, sobre la admisión a cotización en un sistema multilateral de negociación, con el precio definitivo de la oferta y el volumen de valores (ya sea el número de valores o la cantidad nominal agregada) que va a ofertarse, los motivos de la oferta, el plan de distribución de los valores, el uso de los ingresos derivados de la oferta, los gastos de emisión y de oferta y la dilución (solo para los valores participativos).
V. Información sobre el garante
El propósito es facilitar, si procede, información sobre el garante de los valores, con información fundamental sobre la garantía vinculada a los valores, los factores de riesgo y la información financiera específica sobre el garante.
- Artículo modificado por Reglamento (UE) 2019/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 por el que se modifican la Directiva 2014/65/UE y los Reglamentos (UE) n.º 596/2014 y (UE) 2017/1129 en relación con el fomento del uso de los mercados de pymes en expansión
(DC de 11-12-2019) en vigor desde 01-01-2020