Anexo 5 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal
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ANEXO V. Señalización de senderos inscritos en el registro público de senderos de la Comunitat Valenciana

Vigente

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1. Los senderos que pueden acceder al Registro Público de Senderos de la Comunitat Valenciana se clasificarán de acuerdo con las tipologías que se exponen a continuación. En caso de que se requiera su señalización, se atenderá a las siguientes características:

a) Sendero de gran recorrido, con abreviatura genérica GR. - Longitud igual o superior a 50 kilómetros, con una duración estimada a pie superior a dos jornadas. - Color de la señalización: blanco y rojo. - Tipología de la numeración: GR (espacio)- número. - Particularidades: puede tener variantes y derivaciones.

b) Sendero de pequeño recorrido, con abreviatura genérica PR. - Longitud comprendida entre 10 y 50 kilómetros, con una duración estimada a pie entre una y dos jornadas. - Color de la señalización: blanco y amarillo. - Tipología de la numeración: PR-CV- número. - Particularidades: puede tener variantes y derivaciones. Asimismo, pueden tener menos de 10 km y seguir siendo un PR, dependiendo de la dificultad o desnivel.

c) Sendero local, con abreviatura genérica SL. - Longitud inferior a 10 km, con una duración para su recorrido inferior a una jornada. - Color de la señalización: blanco y verde. - Tipología de la numeración: SL-CV- número. - Particularidades: puede tener variantes.

2. En caso de que se requiera su señalización, únicamente se podrán utilizar las marcas registradas por la Federación de Deportes de Montaña y Escalada para los senderos GR, PR y SL; así como aquellas otras que puedan registrarse en un futuro por esta misma entidad.

3. Los senderos a su vez pueden incluir, en función de su tipología, variantes y derivaciones, que tendrán las siguientes características:

a) Derivaciones: son aquellos recorridos que salen de un sendero para alcanzar un punto determinado (cumbre de montaña, pueblo, estación, refugio, etc.).

b) Variantes: son aquellos recorridos que salen de un sendero para volver a él en otro punto diferente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-07-2023 en vigor desde 08-07-2023