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Anexo 5 Servicios sociales residenciales para la tercera edad

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ANEXO V. CRITERIOS DE HOMOLOGACIÓN.

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Además del cumplimiento de los requisitos materiales y funcionales para la obtención de la preceptiva autorización, los servicios sociales residenciales de titularidad privada que voluntariamente soliciten su homologación deberán ajustarse a los siguientes criterios de calidad, eficacia, coste económico y social:

  1. Para todos los servicios sociales residenciales:

    1. Existencia de dependencias o espacios no contemplados en los requisitos de autorización, pero que pudieran favorecer la mejora en la calidad de vida de las personas usuarias.

    2. Dotación de sus dependencias con equipamientos que aumenten el bienestar de las personas usuarias.

    3. Balance económico saneado.

    4. Adecuación de sus objetivos y, en su caso, programas y actividades, a los objetivos y líneas de actuación que en materia de planificación y programación establezca la Administración competente.

    5. Cumplimiento de las sugerencias propuestas por la Administración competente en el ejercicio de las funciones de inspección.

  2. Además de los criterios especificados en el punto A anterior, las viviendas comunitarias y las residencias tendrán la obligación de presentar un plan de evaluación propio, de carácter formativo o, en su defecto, compromiso de establecerlo en el plazo máximo de un año, y cuyo seguimiento deberá ponerse en conocimiento de la Administración competente con periodicidad anual.

  3. Además de los criterios especificados en los puntos A y B del presente anexo, las Residencias deberán cumplir:

    1. Elaboración y puesta en funcionamiento de un programa de actividades específico de participación en la comunidad y entorno social donde esté ubicada la residencia, fomentando así la integración de las personas usuarias con los demás sectores de población y la relación con otros recursos comunitarios.

    2. Implantación de un proceso dinámico e integrador en que se conciba la residencia como espacio abierto, donde se realizan actividades en las que puedan participar el resto de colectivos de la comunidad.

    3. Programa de formación permanente para el personal.

    4. Bajo índice de absentismo laboral y de accidentabilidad del personal y de las personas residentes.

    5. Tener área de vestíbulo y/o recepción.

    6. Obtención de resultados positivos con la aplicación del programa rehabilitador, verificable en las preceptivas evaluaciones practicadas a la residencia.