Anexo 7 Establecimientos hoteleros de Andalucía
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»ANEXO 7. DISTINTIVOS.
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1. La placa consistirá en un rectángulo en el que, sobre fondo azul turquesa, figuren en blanco la letra o letras correspondientes al grupo, así como las estrellas que correspondan a su categoría.
2. Las estrellas serán doradas para los establecimientos clasificados en los grupos de hotel y hotel-apartamento y plateadas para los del grupo hostales y pensiones.
3. Cada una de las modalidades dispondrá de un distintivo oficial indicativo de la misma.
4. El reconocimiento de alguna especialización del establecimiento permitirá la colocación de una placa, junto a la normalizada, con el distintivo oficial indicativo de la misma.
Boletín número 42 de 02/03/2004
