Anexo 7 Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes
ANEXO VII. Listado de sectores que pueden conllevar exposición a material radiactivo de origen natural
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A efectos del artículo 98, se tendrá en cuenta el siguiente listado de sectores, incluyendo la investigación y los procesos secundarios asociados, que pueden conllevar exposición a material radiactivo de origen natural:
a) Extracción de tierras raras a partir de la monacita y de otros minerales.
b) Procesamiento de mineral de niobio/tántalo.
c) Producción de gas y petróleo.
d) Producción de energía geotérmica, excluida la de uso doméstico.
e) Fabricación de pigmentos de dióxido de titanio.
f) Minería y procesamiento de roca fosfórica, en particular, en la producción de fertilizantes fosfatados y de fosfato dicálcico, la producción térmica de fósforo y la producción de ácido fosfórico.
g) Producción de energía termoeléctrica a partir de carbón. Mantenimiento de calderas.
h) Mantenimiento y desmantelamiento de plataformas de extracción de hidrocarburos. Mantenimiento y desguace de barcos de transporte de hidrocarburos.
i) Producción de compuestos de torio y fabricación de productos que contienen torio. Utilización de electrodos de wolframio toriados en la soldadura por arco.
j) Procesamiento del circonio y del circón, en particular, en la industria de refractarios, la industria de fundición y la industria cerámica.
k) Producción de cemento, específicamente el mantenimiento de hornos de clínker.
l) Producción primaria de hierro/acero, estaño, cobre y aluminio.
m) Fundición de estaño, plomo y cobre.
n) Instalaciones de filtración de aguas subterráneas, incluyendo las de tratamiento para su potabilización.
ñ) Minería y procesamiento de minerales metálicos distintos de los del uranio.
o) Extracción de caolín.
