Anexo 8 Decreto de Turismo de Cataluña

ANEXO 8. Requisitos turísticos mínimos de los hogares compartidos

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ANEXO 8. Requisitos turísticos mínimos de los hogares compartidos

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Exhibición de la comunicación del NIRTC y de la capacidad autorizada en el interior de la vivienda Plazas máximas para usuarios (siempre que la cédula no establezca un número inferior) Facilitar el número de teléfono a usuarios, a vecinos y a comunidad de propietarios por incidencias Alojar a los usuarios en habitaciones de uso privado
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