Anexo 8 Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la PAC
ANEXO VIII. Informe anual de aplicación de la reestructuración y reconversión de viñedos
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Información mínima del informe anual de aplicación de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos. Información por operación
(Comunicación de acuerdo con el artículo 17.1 del presente real decreto)
Comunidad Autónoma:
Fecha de comunicación:
INFORMACIÓN SOBRE EL BENEFICIARIO.
DNI/NIE del beneficiario:
Persona física/jurídica:
Explotación agraria en titularidad compartida:
Edad no superior a 40 años (joven):
Inscrito en el registro de operadores de producción ecológica en el cultivo del viñedo:
Inscrito en el registro de operadores de producción integrada en el cultivo del viñedo:
Titular de viñedo que esté integrado en una ATRIA u entidad equivalente:
Que en año natural inmediatamente anterior a la solicitud de ayuda haya contratado un seguro agrario en su explotación para el cultivo del viñedo:
INFORMACIÓN SOBRE LA SUPERFICIE A REESTRUCTURAR.
Id de la superficie:
Es DOP:
Nombre de la DOP:
Nombre de la variedad:
Nombre del sistema de conducción:
Es secano o regadío:
Tipo de sistema de riego:
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA OPERACIÓN EJECUTADA.
Operación anual o bienal:
Es una replantación con o sin sistema de conducción:
Es una reconversión de viñedos por cambios de variedad: sobreinjertado:
Es una mejora de técnicas de gestión:
Es una replantación tras arranque por motivos sanitarios o fitosanitarios por la autoridad competente:
Con cambio de variedad:
Variedad utilizada en la operación:
Con variedades incluidas en DOP/IGP:
Con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas en su ámbito territorial:
Con replantación sin sistema de conducción:
Con instalación de un sistema de conducción sostenible:
Tipo de sistema de conducción utilizado en la operación:
Con cambio de densidad:
Que implique una disminución de la densidad, de al menos un 10 %:
Densidad inicial cuando se cumpla la característica de disminución de densidad en una replantación:
Densidad final cuando se cumpla la característica de disminución de densidad en una replantación:
Que transforme a secano o se mantenga la superficie del viñedo en secano:
Con abancalamiento:
Con un cambio de ubicación a zonas más adecuadas edafoclimáticamente para la adaptación de las variedades al cambio climático:
Con cambio de ubicación a zonas de montaña:
Con una reubicación de uno o más viñedos arrancados con el objeto de unificarlos en una misma parcela vitícola que faciliten las operaciones de laboreo y recolección:
MTG utilizado (cambio del sistema de conducción/otro):
Otro MTG utilizado:
Organismo nocivo origen del arranque obligatorio:
Con pendientes pronunciadas y terrazas en zonas en las que la inclinación sea superior al 40 %:
¿Contabiliza para el gasto de medio ambiente?:
INFORMACIÓN SOBRE PAGOS EJECUTADOS.
Forma de pago elegida:
La operación ha tenido penalización por retraso de ejecución y solicitud de pago:
Porcentaje de penalización aplicado por retraso de ejecución y solicitud de pago:
Causa del retraso en la ejecución y solicitud de pago:
Importe aprobado total (EUR):
Total euros pagados para esa operación (CPI+CCI):
Total euros pagados por CPI mediante compensación económica:
Total euros pagados por CCI:
Contribuciones en especie:
Lo que se paga en este ejercicio es el anticipo:
Lo que se paga en este ejercicio es el saldo de una operación cuyo anticipo fue pagado en el mismo ejercicio:
Lo que se paga en este ejercicio es el saldo de una operación cuyo anticipo fue pagado en ejercicios anteriores:
Lo que se paga es el total de la operación:
Porcentaje CCI aplicado:
Hay pago complementario:
CPI económica % aplicado:
Número de campañas de CPI mediante compensación económica:
CPI mediante la coexistencia de vides:
Número de años de coexistencia:
Presupuesto ejecutado por la acción de arranque (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de preparación del suelo (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de reposición de picón (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de desinfección del terreno (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de despedregado (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de nivelación del terreno (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de abalancamiento (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de planta y plantación (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de protectores que rodean la planta (material y colocación) (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de sistema de conducción (material y colocación) (EUR):
Presupuesto ejecutado por la acción de sobreinjertado (material e injerto) (EUR):
Presupuesto ejecutado por otra acción incluida en la normativa autonómica (EUR):
Gasto por beneficiario (EUR):
INFORMACIÓN SOBRE SUPERFICIE EJECUTADA.
Superficie objeto de ayuda (ha):
Superficie aprobada (ha):
Superficie objeto de ayuda respecto de la superficie aprobada (%):
¿Se aplica penalización por superficie?:
Superficie ejecutada por la acción de arranque (ha):
Superficie ejecutada por la acción de preparación del suelo (ha):
Superficie ejecutada por la acción de reposición de picón (ha):
Superficie ejecutada por la acción de desinfección del terreno (ha):
Superficie ejecutada por la acción de despedregado (ha):
Superficie ejecutada por la acción de nivelación del terreno (ha):
Superficie ejecutada por la acción de abalancamiento (ha):
Superficie ejecutada por la acción de planta y plantación (ha):
Superficie ejecutada por la acción de protectores que rodean la planta (material y colocación) (ha):
Superficie ejecutada por la acción de sistema de conducción (material y colocación) (ha):
Superficie ejecutada por la acción de sobreinjertado (material e injerto) (ha):
Superficie ejecutada por otra acción incluida en la normativa autonómica (ha):
- Modificación realizada por Real Decreto 610/2026, de 22 de julio, por el que se modifican diversas normas en materia de intervenciones de los sectores de frutas y hortalizas, vitivinícola y apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. (BOE de 24-07-2026) en vigor desde 25-07-2026
- Artículo modificado (Anexo VIII) por Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.
(BOE de 01-03-2023) en vigor desde 02-03-2023
