ANEXO 8 Resolución de 6 ..., Baleares

ANEXO 8. Resolución de 6 de marzo, Baleares

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ANEXO 8. Información sobre protección de datos personales

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De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa sobre el tratamiento de datos personales necesarios en este procedimiento.

Responsable del tratamiento:

Identidad: Escola Balear d'Administració Pública.
Dirección postal: Carrer del Gremi de Corredors, 10, 3º (polígono de Son Rossinyol) 07009 Palma.
Dirección de correo electrónico: protecciodedades@ebap.caib.es
Datos de contacto con la Delegación de Protección de Datos de la EBAP: la Delegación de Protección de Datos de la Escola Balear d'Administració Pública tiene su sede en Carrer del Gremi de Corredors, 10, 3º (polígono de Son Rossinyol), 07009 Palma, y en la dirección electrónica de contacto protecciodedades@ebap.caib.es

Finalidad del tratamiento: los datos serán tratados por la EBAP con la finalidad de llevar a cabo las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de las entidades locales que han delegado la competencia para convocar, la posterior adjudicación de plazas al Curso Básico de Policía Local y gestionar el procedimiento con funcionarios de carrera para prestar servicios en los ayuntamientos de las Illes Balears.

Legitimación: el tratamiento de los datos personales es necesario para cumplir una obligación legal y para alcanzar el interés público, como es la selección del personal al servicio de los ayuntamientos de las Illes Balears de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

La legislación aplicable es la siguiente:

- El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

- La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

- La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, y en concreto, la disposición adicional octava.

- El Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, y en concreto, la disposición adicional tercera.

- Las letras c) y e) del artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

- La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Categorías de datos personales objeto del tratamiento:

- Datos de carácter identificativo.

- Nombre, DNI, domicilio, fecha de nacimiento, teléfono y dirección de correo electrónico.

- Datos académicos y profesionales.

- Calificaciones del curso de capacitación.

- Datos relativos a la comisión de delitos dolosos.

- Datos relativos a la salud.

De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, salvo que conste la oposición de la persona interesada, la Escola Balear d'Administració Pública, mediante una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados a tal efecto, puede obtener datos de carácter identificativo que consten en el DNI, los certificados de conocimientos de lengua catalana y las titulaciones académicas oficiales. Estos datos pueden obtenerse de la Administración General del Estado y de otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Consentimiento para el tratamiento de datos relativos a la salud: la presentación de la solicitud para el proceso selectivo supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de datos de carácter personal que realizará el órgano competente y únicamente para los fines establecidos (incluidos los datos relativos a la salud).

Destinatarios de los datos personales: Los datos se cederán a los siguientes organismos o personas con la finalidad de cumplir lo que prevé la legislación vigente en materia de selección de personal:

- Al tribunal calificador del proceso selectivo: para el desarrollo de las pruebas selectivas.

- A los ayuntamientos de las Illes Balears en los que sean destinadas las personas aspirantes: para que los nombren funcionarios en prácticas o de carrera, según corresponda, de la categoría de policía local.

- Al Boletín Oficial de las Illes Balears: en aplicación de las obligaciones que prevé la normativa para seleccionar empleados públicos, con las previsiones que establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

- A otros participantes en el procedimiento selectivo: en virtud del principio de transparencia que rige los procedimientos selectivos de acceso a la función pública, los aspirantes podrán solicitar la consulta de los ejercicios de otros participantes para comprobar el correcto funcionamiento del proceso selectivo. En ningún caso podrán obtener los datos de contacto de otros aspirantes, como la dirección postal, el número de teléfono o la dirección de correo electrónico.

- A la Administración de Justicia: en caso de que algún juzgado o tribunal requiera el expediente del procedimiento, la Administración tramitará los datos personales que consten en él a la Administración de Justicia.

No se cederán los datos personales a otros organismos o a terceros, salvo que haya una obligación legal o un interés legítimo, de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos.

Criterios de conservación de los datos personales: los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los que prevé la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley Orgánica 3/2018.

Existencia de decisiones automatizadas: no se producirán decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con los datos personales de los aspirantes.

Transferencias de datos a terceros países: los datos no se transferirán a terceros países.

Ejercicio de derechos y reclamaciones: las personas afectadas por el tratamiento de datos personales tienen derecho a solicitar a la Escuela Balear de Administración Pública la confirmación de que sus datos están siendo objeto de tratamiento, el acceso a sus datos personales, la información, la rectificación o la supresión, la limitación o la oposición al tratamiento y la no inclusión en tratamientos automatizados (e incluso retirar el consentimiento, si procede, en los términos que establece el Reglamento General de Protección de Datos). También tienen derecho a la portabilidad de los datos en los términos en los que el ejercicio de este derecho pueda afectar al proceso selectivo.

El ejercicio de estos derechos puede solicitarse ante el responsable del tratamiento mencionado anteriormente (EBAP), mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la Sede Electrónica de la CAIB (seuelectronica.caib.es). También se puede descargar el formulario, indicar como destinatario a la EBAP y presentarlo en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro (OAMR).

Posteriormente, tras la respuesta del responsable o en caso de que no haya respuesta en el plazo de un mes, se puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), https://www.aepd.es/.

Consecuencias de no facilitar los datos personales: no presentar los datos necesarios implica que la persona interesada no pueda formar parte del procedimiento selectivo.