Anexo 9 Establecimientos hoteleros de Andalucía
ANEXO 9. Compensaciones necesarias para la exención de requisitos relativos a la clasificación
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La exención deberá compensarse mediante la oferta de servicios complementarios o condiciones adicionales a los que les corresponderían según su grupo y categoría, en los términos que se establecen a continuación:
1. Compensaciones para establecimientos en inmuebles protegidos (se deberán implantar un mínimo de tres elementos):
1.1 Dotación interpretativa del edificio o del elemento con protección.
1.2 Vinculación a los recursos/ rutas monumentales o ambientales del municipio.
1.3 Iluminación artística.
1.4 Suelos visión restos arqueológicos.
1.5 Información sobre museos/exposiciones/actividades de relevancia del municipio.
1.6 Difusión vía web sobre la historia del edificio o elementos del mismo y su recuperación.
1.7 Gestión visitas guiadas en museos y bienes del patrimonio histórico del municipio.
2. Compensaciones para establecimientos en inmuebles no protegidos (se deberán implantar dos compensaciones genéricas por cada requisito objeto de exención y un total de cinco compensaciones medioambientales):
2.1 Genéricas:
2.1.1 Servicio de prensa nacional/ extranjera en vestíbulos.
2.1.2 Revistas actualizadas en vestíbulos.
2.1.3 Canales internacionales.
2.1.4 Cafeteras/ hervideros de agua con porciones.
2.1.5 Carta de almohadas con un mínimo de dos tipos.
2.1.6 Carta de colchones.
2.1.7 Servicio de planchado de ropa en unidades de alojamiento.
2.1.8 Cargadores universales de baterías.
2.1.9 Secador de toallas.
2.1.10 Duchas de hidromasaje.
2.1.11 Bañeras con hidromasaje.
2.1.12 Restaurante temático.
2.1.13 Restaurante a la carta.
2.1.14 Menús especiales (tales como niños, celíacos, vegetarianos, hipocalóricos, diabéticos, ecológicos).
2.1.15 Oferta de productos/platos elaborados con materias primas de producción local.
2.1.16 Servicios de comedor en terrazas de las zonas comunes exteriores (desayunos y cenas).
2.1.17 Cocina en directo.
2.1.18 Cenas temáticas o cena de gala semanal.
2.1.19 Servicio de comidas entre desayunos y almuerzos (lunch).
2.1.20 Servicio de cenas frías para llegadas tardías.
2.1.21 Servicio de picnic sustitutivos al almuerzo del régimen alimenticio.
2.1.22 Identificación de alimentos en el buffet en tres idiomas.
2.1.23 Identificación de ingredientes en el buffet en tres idiomas.
2.1.24 Presentación en mesas acorde a categoría (mise-en-place).
2.1.25 Decoración/presentación creativa del buffet mediante productos alimenticios.
2.1.26 Servicio de recepción exclusiva para grupos.
2.1.27 Sistema de información sobre servicios del establecimiento y recursos de la zona (tales como soporte PDA, códigos QR).
2.1.28 Zona Wi-fi (con mobiliario de trabajo, dispositivos PC, tablets).
2.1.29 Tablets a disposición de clientes.
2.1.30 Información servicios establecimiento y recursos turísticos de la zona en soporte electrónico (tales como tablet, smartphones).
2.1.31 Áreas de cortesía para entradas/salidas fuera del período de ocupación pactado.
2.1.32 Hilo musical en las unidades de alojamiento.
2.1.33 Hilo musical en las unidades de alojamiento por conexión tipo bluetooth.
2.1.34 Control de iluminación por tonos y colores
2.1.35 Control automático de persianas o estores en las unidades de alojamiento.
2.2. Medioambientales:
2.2.1 Sistema de ahorro de consumo de agua (tales como doble vaciado en WC, aireadores en grifos, grifos termo-estáticos).
2.2.2 Instalación para el uso de aguas regeneradas para servicios inodoros y en su caso para riego.
2.2.3 Sistema automáticos de cese de suministro eléctrico en unidades de alojamiento.
2.2.4 Control de iluminación por sensores de presencia.
2.2.5 Reguladores de potencia.
2.2.6 Control de iluminación exterior mediante sistemas automáticos de detección del grado de luz.
2.2.7 Iluminación exterior mediante sistemas solares.
2.2.8 Uso de energía solar para suministro de agua caliente.
2.2.9 Bombillas de ahorro de consumo.
2.2.10 Sistema de riegos automáticos por goteo subterráneo.
2.2.11 Reciclado de aguas para riego de jardines.
2.2.12 Recogida selectiva de residuos.
2.2.13 Recogida selectiva de residuos de acceso a clientes (incluido pilas y baterías).
2.2.14 Sistema de salinización electrónica de piscinas (reducción uso cloros).
2.2.15 Sistema de filtrado de aguas alternativos (arenas).
2.2.16 Certificaciones de sistemas de gestión medioambiental y/o sistemas de eficiencia energética que no sean exigidas por normativa sectorial.
2.2.17 Uso de productos de limpieza ecológicos, respetuosos con el medio ambiente, tales como los bajo en fosfatos o biodegradables.
2.2.18 Disponer de papel higiénico ecológico o libres de cloro.
2.2.19 Electrodomésticos consumo de clase A.
2.2.20 Mobiliario de Madera con etiqueta FSC.
2.2.21 Colchones materiales naturales.
- Modificación realizada (Anexo 9) por Orden de 11 de noviembre de 2016, por la que se modifican anexos del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo, Decreto 47/2004, de 10 de febrero, de establecimientos hoteleros, y Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, relativos a los requisitos exigidos a estos alojamientos.
(JA de 17-11-2016) en vigor desde 18-11-2016 - Artículo modificado (Anexo 9, se añade) por Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula laorganización y funcionamiento del Registro de Turismo deAndalucía.
(JA de 11-11-2014) en vigor desde 11-02-2015
