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Anexo �nico de Acuerdo de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial

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ANEXO. MEDIDAS DE REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS PARA LA DINAMIZACIÓN EMPRESARIAL

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INTRODUCCIÓN

Las presentes medidas son un nuevo paso en las actuaciones destinadas a la simplificación administrativa y a la reducción de cargas administrativas con la finalidad de facilitar la dinamización empresarial.

Para ello, se utiliza una metodología basada en los «mapas de procesos», que analiza los procedimientos agrupados en itinerarios específicos para cada actividad empresarial.

De esta manera, se trata de abordar la simplificación administrativa y la reducción de cargas desde la perspectiva del interesado y de sus necesidades, independientemente de cuál sea el órgano administrativo competente para la gestión de cada trámite. Esto facilita una visión general de cada proceso, lo que permite concretar las actuaciones a llevar a cabo para reducir los plazos y agilizar la tramitación de los procedimientos.

- Las medidas recogen todas las actuaciones a llevar a cabo, así como los plazos para ejecutarlas y se estructuran en unos objetivos generales y cuatro programas específicos:

- Programa de teletramitación.

- Programa de simplificación administrativa.

- Programa de acompañamiento.

- Programa de colaboración, apoyo y seguimiento.

OBJETIVOS GENERALES

Los objetivos generales de las medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial son los siguientes:

a) Favorecer la implantación de empresas en Castilla y León, reduciendo los costes administrativos y los plazos asociados a su puesta en funcionamiento.

b) Facilitar la racionalización y eficiencia de la propia Administración Autonómica, la promoción de un mayor intercambio de recursos e información y una mayor coordinación interna.

c) Mejorar la coordinación interadministrativa para la puesta en marcha de empresas en Castilla y León.

PROGRAMAS ESPECÍFICOS

I. PROGRAMA DE TELETRAMITACIÓN.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 14.2 establece la obligatoriedad de que las relaciones entre las Administraciones Públicas y las personas jurídicas, entre otros, se realicen a través de medios electrónicos, siendo la entrada en vigor de este precepto en el mes de octubre de 2016.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Telecomunicaciones, y los servicios de informática de las distintas consejerías así como de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial (ADE) y del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACYL), adoptarán las medidas necesarias para alcanzar el nivel 4 de teletramitación para todos los procedimientos que afectan a la relación con las empresas.

Para ello, y a partir de la aprobación de este Acuerdo, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente realizará reuniones periódicas con carácter quincenal con los servicios de informática de todas las Consejerías para evaluar las necesidades y avanzar en la consecución de este mandato legal.

II. PROGRAMA DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA.

Este programa se estructura, en los siguientes subprogramas:

1. Mapas de procesos.

2. Régimen de intervención.

3. Solicitud única.

4. Documentación e información a aportar.

5. Modificación normativa.

1. Mapas de procesos.

Durante el presente año 2016, se revisarán los 10 procesos de creación e instalación de empresas con mayor impacto en Castilla y León y se aprobarán medidas de simplificación para los mismos.

El objeto de esta revisión es simplificar, reducir y acortar en el tiempo todos los procedimientos que actualmente son necesarios para la creación de empresas en nuestra Comunidad. En concreto, se pretende:

- Rebajar el régimen de intervención de la Administración, potenciando la sustitución de las autorizaciones por declaraciones responsables y comunicaciones previas, de forma que el empresario pueda iniciar la actividad sin tener que esperar respuesta de la Administración.

- Facilitar la interlocución con la Administración Autonómica, a través de modelos de solicitud única cuando se requiera la iniciación simultánea de varios trámites.

- Reducir la documentación a presentar, en especial, la que obra en poder de la Administración Autonómica.

- Reducir los plazos necesarios para cada trámite.

Antes de finalizar el mes de junio de 2016, se aprobarán los mapas de procesos correspondientes a los 5 sectores de mayor implantación:

- Servicios de restauración.

- Industrias agroalimentarias.

- Explotaciones ganaderas.

- Centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento.

- Industrias vinculadas con los recursos forestales.

Asimismo, en el mes de junio de 2016 se determinarán los cinco sectores a revisar en el segundo semestre y cuyos mapas de procesos se aprobarán antes de finalizar el año.

2. Régimen de intervención.

Una vez aprobados los mapas de procesos y, a través de la correspondiente modificación normativa, se procederá a la sustitución de las autorizaciones actualmente existentes por declaraciones responsables o comunicaciones previas, salvo en aquellos casos en los que no se pueda garantizar la salvaguarda del orden público, la seguridad pública, la salud pública o la protección del medio ambiente, tal y como se recoge en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

3. Solicitud única.

Cuando se requiera la iniciación simultánea de varios trámites ante la Administración Autonómica, se implantarán modelos de solicitud única independientemente del centro gestor al que se dirijan con el fin de que el interesado cumplimente el menor número de instancias posibles para el ejercicio de la actividad.

En el plazo de un mes a partir de la aprobación de los mapas de procesos, estarán disponibles los modelos de solicitud única correspondientes a cada uno de ellos.

En caso de que algún mapa de procesos requiera modificaciones normativas, la solicitud única se pondrá a disposición de los empresarios en el plazo de un mes a partir de la aprobación de la norma correspondiente.

4. Documentación e información a aportar.

Se reducirán o unificarán los registros que actualmente son necesarios para el ejercicio de la actividad empresarial y se harán públicos siempre que sea posible para evitar solicitar la certificación de inscripción en los mismos requerida en otros procedimientos administrativos.

Antes de finalizar junio de 2016, se desarrollará esta medida para los 5 procesos de creación o instalación de empresas para los que se aprueben los mapas correspondientes y antes de finalizar el año, se desarrollará para los 5 procesos restantes.

Asimismo, antes de diciembre de 2016, se unificarán las bases de datos en poder de la Administración Autonómica relativas a empresas con el fin de tener toda la información actualizada y evitar solicitar al empresario la documentación contenida en la misma en los diferentes procedimientos.

5. Modificación normativa.

En el plazo de un mes a contar desde la aprobación de los correspondientes mapas de procesos, se iniciarán las modificaciones normativas necesarias para el cumplimiento de los mismos.

Así, en lo que se refiere a los 5 primeros procesos, en el mes de julio de 2016 se iniciará la tramitación de las modificaciones normativas necesarias que, entre otras, afectarán a las siguientes normas:

- Ley 4/1998, de 24 junio, Reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.

- Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León.

- Decreto 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León.

- Decreto 50/2010, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Regulador del Derecho de Admisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León.

- Orden IYJ/689/2010, de 12 de mayo, por la que se determina el horario de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen en los establecimientos públicos, instalaciones y espacios abiertos de la Comunidad de Castilla y León.

- Orden AYG/1038/2011, de 18 de agosto, sobre identificación y registro de los agentes que intervienen en el sector de la leche cruda de oveja y cabra.

- Orden AYG/376/2004 de 11 de marzo, sobre identificación y registro de los agentes que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche.

- Orden AYG/2054/2006, de 15 de diciembre, por la que se modifican la Orden de 13 de enero de 1997, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se crea y regula el Registro de Envasadores y Embotelladores de Vinos y Bebidas Alcohólicas y el Registro de Productos Enológicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y la Orden de 17 de enero de 2001, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se establecen medidas de aplicación de la Normativa Comunitaria sobre el etiquetado de carne de vacuno.

- Orden AYG/1066/2011, de 25 de agosto, por la que se regula el procedimiento de acreditación de la trazabilidad en la producción, transformación y distribución de piñas y piñones en Castilla y León.

- Modificación del Reglamento de uso de la Marca de Garantía Tierra de Sabor del ITACYL.

Igualmente, en el mismo plazo, se iniciará la tramitación de las siguientes normas:

- Proyecto de decreto, a propuesta de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por el que se incorporán al Anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, correspondiente a las actividades que requieren comunicación ambiental, las siguientes:

La prestación de servicios de restauración.

Determinadas explotaciones ganaderas.

Determinadas industrias agroalimentarias tales como determinados mataderos, actividades del sector lácteo, cerveceras, galleteras, conserveros, determinados envasadores y piensos.

- Proyecto de decreto, a propuesta de la Consejería de Sanidad, por el que se regula los establecimientos y las actividades alimentarias.

- Proyecto de decreto, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, por el que se regula el Registro de Establecimientos Industriales.

III. PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO.

Antes de finalizar el mes de junio del presente año, se habrán desarrollado y puesto en funcionamiento los Centros de Gestión Unificada, previstos en el artículo 35.bis. de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, para aquellos procesos complejos en su tramitación o de gran incidencia económica y social, en los que deban intervenir órganos o unidades de una o varias consejerías.

Se crearán 10 Centros, uno en cada Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León y un Centro Coordinador en la Consejería de Economía y Hacienda.

Estos Centros serán órganos administrativos horizontales cuyo fin será actuar de enlace entre los empresarios y los diferentes servicios territoriales y, en su caso, con las Entidades Locales. Se encargarán del impulso y seguimiento de la tramitación de sus expedientes, en los diferentes centros gestores, completando y dando así continuidad al trabajo de acompañamiento que desarrolla la ADE con los emprendedores.

Hasta que no se aprueben las órdenes de estructura y se modifiquen las Relaciones de Puestos de Trabajo de los servicios periféricos y de la Consejería de Economía y Hacienda, estas unidades estarán integradas por los empleados públicos que asignen los Delegados Territoriales y la Consejería de Economía y Hacienda.

IV. PROGRAMA DE COLABORACIÓN, APOYO Y SEGUIMIENTO.

Antes de finalizar el mes de mayo del presente año se creará una Comisión de Simplificación Administrativa para la Dinamización Empresarial que, dependiente de la Consejería de la Presidencia, realizará funciones de colaboración, apoyo y seguimiento. Su composición, organización y funcionamiento se determinará mediante orden de la Consejería de la Presidencia.

En esta comisión, además de los representantes de la Administración Autonómica, estará prevista la presencia de representantes de:

- CECALE.

- Empresa Familiar.

- Asociación de Autónomos de Castilla y León.

- Cámaras de Comercio.

- Entidades locales.

Semestralmente y hasta 2019, se elaborarán y aprobarán mapas de procesos para los distintos sectores empresariales. Durante el mes de enero de cada año, la comisión definirá los sectores a abordar en cada anualidad.

Asimismo, en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León, se habilitará un espacio en formato «Buzón de sugerencias» para que los ciudadanos y, especialmente, los emprendedores, puedan formular sugerencias o propuestas de mejora que serán analizadas en la Comisión de Simplificación Administrativa para la Dinamización Empresarial.