Anexo �nico y Disposiciones detalladas para la tramitación de determinados procedimientos con arreglo a la Ley de Servicios Digitales
ANEXO. Formato y extensión de las observaciones presentadas con arreglo al artículo 4
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Las observaciones presentadas por escrito a la Comisión con arreglo al artículo 4 del presente Reglamento se presentarán en un formato que permita a la Comisión tratarlas por vía electrónica y, en particular, permitir su digitalización y el reconocimiento de caracteres.
A tal efecto, deben respetarse los siguientes requisitos:
a) el texto, en formato A4, será fácilmente legible y figurará en una sola cara de la hoja;
b) las hojas de los documentos presentados en papel irán unidas de manera que puedan separarse con facilidad (evítese la encuadernación u otros medios de fijación permanentes como pegamento, grapas, etc.);
c) el texto estará escrito en caracteres de un tipo usual (como Times New Roman, Courier o Arial) y con un tamaño de al menos 12 puntos en el texto y 10 puntos en las notas a pie de página, con un interlineado de 1 y unos márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho de la página de 2,5 cm como mínimo (4 700 caracteres por página como máximo);
d) las páginas y los apartados de cada documento se numerarán consecutivamente.
Las observaciones presentadas por escrito a la Comisión con arreglo al artículo 4 del presente Reglamento tendrán una extensión máxima de 50 páginas. Los anexos que acompañen a dichas observaciones no se contabilizarán a efectos de los límites de páginas aplicables, siempre y cuando tengan una función puramente probatoria e instrumental y sean proporcionados en número y extensión.
