Anexo �nico inclui Ejercicio de competencias de la Administración en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
- Norma derogada salvo en lo relativo a la regulación de las Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo que mantendrá su vigencia, en régimen transitorio, durante cuatro años desde la entrada en vigor del Decreto 88/2025, de 26 de marzo, de conformidad con lo previsto en la D.T. 1ª del mismo. - Decreto 88/2025, de 26 de marzo, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Ver Indice
»ANEXO. Municipios incluidos como Ciudades Principales y Ciudades Medias de nivel 1 en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Provincia de Almería: Almería y El Ejido
Provincia de Cádiz: Cádiz, Jerez de la Frontera, Algeciras, San Fernando, Puerto de Santa María, Chiclana de la Frontera, La Línea de la Concepción y Sanlúcar de Barrameda
Provincia de Córdoba: Córdoba y Lucena
Provincia de Granada: Granada y Motril
Provincial de Huelva: Huelva
Provincia de Jaén: Jaén y Linares
Provincia de Málaga: Málaga, Marbella, Antequera, Vélez Málaga y Fuengirola
Provincia de Sevilla: Sevilla, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Écija y Utrera
