Anexo �nico Reglamento ...de Navarra

ANEXO

Ver Indice
»

ANEXO

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Baremos de méritos que se aplicarán en las plazas cuya modalidad de acceso sea el concurso específico

A) Servicios prestados: hasta un máximo de 15 puntos.

1. Servicios prestados con carácter fijo en los Cuerpos de Policía de Navarra: por cada año 0,75 puntos.

2. Servicios prestados con carácter fijo en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dependientes de una Administración Pública: por cada año 0,25 puntos.

3. Servicios prestados en cualquier Administración Pública en puestos de trabajo que no pertenezcan a un Cuerpo de Policía: por cada año 0,10 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

Los períodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento, docencia e investigación relacionadas con el ámbito policial: hasta un máximo de 10 puntos.

Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y Universidades: 0,01 puntos por cada hora lectiva.

Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito (10 horas).

Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.

Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aún no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

En este sentido, se elaborará un catálogo de los cursos que podrán ser valorados por el Tribunal actuante, dejando abierta la posibilidad de incorporar a dicho catálogo nuevas acciones formativas, en atención a lo que dispongan las correspondientes convocatorias.

C) Titulaciones y especialidades académicas: hasta un máximo de 7,5 puntos.

PUESTO DE TRABAJO

LICENCIATURA /GRADO

DIPLOMATURA

MASTER / POSTGRADOS

FPII /TÉCNICO SUPERIOR

COMISARIO PRINCIPAL

3,50

-

1,80

-

COMISARIO

3,50

-

1,80

-

INSPECTOR

3,50

2,50

1,80

-

SUBINSPECTOR

3,50

2,50

1,80

-

CABO

3,50

2,50

1,80

1,00

POLICIA

3,50

2,50

1,80

1,00

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otro de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo.

D) Recompensas y otros méritos: hasta un máximo de 2,5 puntos.

1. Por la Placa por de Servicios Distinguidos: 1,50 puntos.

2. Por la Medalla de Servicios Distinguidos: 1,25 puntos.

3. Por la Felicitación pública: 0,50 puntos.

4. Por la Felicitación privada: 0,25 puntos.

E) Puntuación añadida por conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas de trabajo de la Unión Europea: hasta un máximo de 15 puntos.

Los méritos alegados en este apartado e) se valorarán únicamente cuando guarden relación con el contenido del puesto de trabajo.

Las respectivas convocatorias incluirán aquellas plazas donde se valorarán los méritos establecidos en este apartado E), previa valoración individualizada de las características específicas de dichas plazas.

Las puntuaciones a otorgar por cada nivel del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas serán las siguientes: A1: 1 punto; A2: 2 puntos; B1: 3 puntos; B2: 4 puntos y C1 o equivalente: 5 puntos.

F) Puntuación por conocimiento del euskera:

El conocimiento del euskera se valorará en función de la zona en que estén ubicadas las plazas, de conformidad con los siguientes criterios:

a) Plazas con destino en la zona vascófona: hasta 11,10 puntos.

La posesión del título EGA o de una titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, recibirá una puntuación de 11,10 puntos.

De no poseerse esa titulación, se valorará en 2,22 puntos la posesión del nivel A1, en 4,44 puntos la posesión del nivel A2, en 6,66 puntos la posesión del nivel B1 y en 8,88 la posesión del nivel B2, o equivalentes. Alternativamente, se valorará en 0,92 puntos cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

b) Plazas con destino en la zona mixta: hasta 6,66 puntos.

Las respectivas convocatorias incluirán aquellas plazas de la zona mixta donde, en función del grado de atención o trato a la ciudadanía, se valorará el conocimiento del euskera, previa valoración individualizada de las características específicas de dichas plazas. Quedarán excluidas de dicha valoración las plazas en las que el conocimiento del euskera haya sido determinado como preceptivo.

La posesión del título EGA o de una titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, recibirá una puntuación de 6,66 puntos.

De no poseerse dicha titulación, se valorará en 1,33 puntos la posesión del nivel A1, en 2,66 puntos la posesión del nivel A2, en 3,99 puntos la posesión del nivel B1 y en 5,32 la posesión del nivel B2, o equivalentes. Alternativamente, se valorará en 0,55 puntos cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.