Anexo �nico Solidaridad con las víctimas del terrorismo
- Hay que tener en cuenta, sobre ampliación temporal y plazo de solicitud, las siguientes normas: Ley 14/2000, de 29 de diciembre (D.A. 9ª), Ley 24/2001, de 27 de diciembre (art. 44), Ley 53/2002, de 30 de diciembre (art. 48), Ley 62/2003, de 30 de diciembre (art. 49), Ley 2/2004, de 27 de diciembre (D.A. 41ª), Real Decreto Ley 4/2005, de 11 de marzo (art.único), Ley 30/2005, de 29 de diciembre (D.A. 37ª), Ley 42/2006, de 28 de diciembre (D.F. 7ª), Ley 51/2007, de 26 de diciembre (D.F. 14.4ª), Ley 2/2008, de 23 de diciembre (D.F. 14ª)
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»ANEXO. Indemnizaciones por daños físicos y psicofísicos
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TABLA I
Indemnizaciones por fallecimiento e incapacidades
| Supuestos | Cuantía |
|---|---|
| Fallecimiento | 138.232,78 |
| Gran invalidez | 390.657,87 |
| Incapacidad permanente absoluta | 96.161,94 |
| Incapacidad permanente total | 48.080,97 |
| Incapacidad permanente parcial | 36.060,73 |
TABLA II
Indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes
Las cuantías de estas indemnizaciones serán las que resulten de la aplicación del baremo de lesiones permanentes no invalidantes establecido por la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro del Automóvil.
Modificaciones
- Artículo modificado (Anexo (se actualizan cuantías)) por RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2001, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad a las equivalencias pesetaseuros de las cuantías de las sanciones, precios comunicados, indemnizaciones, ayudas y cánones del Ministerio del Interior.
(BOE de 02-11-2001) en vigor desde 22-11-2001
