Antecedentes �nico Domingos y festivos de apertura comercial durante 2021 en Canarias
ANTECEDENTES
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1º) De conformidad con Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, y el Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial, cada año resulta necesario determinar los diez domingos y festivos en los que los comercios, a los que no les resulte de aplicación el régimen especial de horarios comerciales, podrán permanecer abiertos al público, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2º) A tal efecto, se han convocado y oído a las Comisiones Insulares en materia de Comercio de cada una de las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife, las cuales han emitido las correspondientes propuestas al respecto.
3º) Una vez analizadas y estudiadas las distintas propuestas, procede en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas este Departamento, determinar los diez domingos y festivos en los que podrán permanecer abiertos al público los comercios, a los que no les resulte de aplicación el régimen especial de horarios comerciales, en cada una de las islas, en el año 2021.
A los citados antecedentes, les son de aplicación las siguientes
