Antecedentes �nico hecho Medidas adicionales extraordinarias como consecuencia de la Covid
Antecedentes de hecho
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Tras la finalización de la primera declaración del estado de alarma, adoptada por Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, se han dictado en el ámbito de la Comunitat Valenciana, diversas resoluciones que han establecido medidas de prevención y medidas específicas por sectores con la finalidad de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el SARS-CoV-2.
Inicialmente el Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 (DOGV 20.06.2020), que ha tenido diversas adaptaciones a través de distintas resoluciones de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, a reseñar la Resolución de 17 de julio de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 18.07.2020) y la Resolución de 24 de julio de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 24.07.2020).
Posteriormente la Resolución de 17 de agosto de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, para la adopción de las medidas establecidas en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, sobre medidas de prevención frente al Covid19 (DOGV 18.08.2020), que ha sido prorrogada por Resolución de 4 de septiembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 07.09.2020), por Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 28.09.2020) y por Resolución de 19 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 19.10.2020).
Asimismo, se han dictado diversas resoluciones específicas en ámbitos municipales concretos, dada la situación epidemiológica especial en los mismos, estando vigente hasta aquest momento, la Resolución de 29 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales en los municipios de Morella, Nules, Onda y Vinaròs en la provincia de Castellón; Algemesí y Guadassuar en la provincia de Valencia; y Crevillent, Elche, Elda, Ibi, Muro de Alcoi, Petrer, Pinoso, los 18 municipios que conforman el departamento de salud de Orihuela: Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejuzar, Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Granja de Rocamora, Jacarilla, Orihuela y sus pedanías (La Aparecida, Rincón de Bonanza, Desamparados, Arneva, Hurchillo, La Murada, La Matanza, La Campaneta, San Bartolomé, Virgen del Camino, Molins, Correntias, El Escorratel), y Rafal, Redovan y San Isidro, en la provincia de Alicante, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 que viven esos municipios (DOGV 30.10.2020).
Y recientemente la Resolución de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid19 (DOGV 24.10.2020) y la Resolución de 29 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales en las actividades festeras tradicionales que se celebran en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 (DOGV 30.10.2020).
Estas medidas si bien han podido apoyar la contención del virus, no han sido suficientes para frenar su expansión, encontrándonos con una incidencia acumulada alta y con una tendencia ascendente en el número de casos de coronavirus, no solo en nuestra Comunitat sino en todo el Estado y en la mayoría de los países europeos.
Situación que ha motivado por el Gobierno de la Nación, la declaración de un nuevo estado de alarma por Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Estado de alarma que se ha prorrogado por Real decreto 956/2020, de 3 de noviembre, desde las 00.00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00.00 horas del día 9 de mayo de 2021
Los datos que ofrece el informe de epidemiología de la Subdirección General de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental de fecha 4 de noviembre de 2020, señalan que «La Comunitat Valenciana se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria sostenida y generalizada con presión creciente sobre el sistema sanitario. La situación epidemiológica se está agravando de forma acelerada, con una tendencia creciente. La incidencia acumulada en los últimos 14 días es de 262,52 por 100.000 habitantes. La estimación en el número diario de casos con infección aguda alcanza los 1.532,06 caso frente a 450,77 el 14 de octubre, en la que se inicia el cambio de tendencia, triplicándose en menos de 3 semanas. El índice básico de reproducción (R0) -siendo RO el índice que marca la transmisibilidad del virus; indicándose que por encima de 1, existe un mayor nivel de contagio y de riesgo de epidemia- es de 1,07. La tasa de positividad en la última semana es de 15,2 %, muy por encima del 4 % establecido por el Consejo de Europa como límite de positividad de las pruebas diagnósticas a partir del cual el riesgo de transmisión se ve incrementado. La proporción de pruebas positivas en Atención Primaria es de 66,2 % indicador considerado de valor de riesgo alto en el documento de actuaciones y respuestas coordinadas del Ministerio de Sanidad».
Dado que las únicas medidas efectivas frente al virus son las medidas no farmacológicas, mientras no existan tratamientos específicos y vacunas frente a aquesta enfermedad, es imprescindible, además de otras medidas adicionales excepcionales adoptadas, mantener y extremar las medidas de prevención y limitación por sectores, siguiendo los criterios establecidos en el documento «Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19», del Ministerio de Sanidad.
Todo ello nos obliga a adoptar nuevas medidas, a reforzar e intensificar las existentes, en aras a una acción decidida que afronte la gravedad de la situación con máximas garantías y la protección de la salud y seguridad de la ciudadanía.
