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Antecedentes �nico hecho Nuevas medidas adicionales como consecuencia de la Covid

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Tras la finalización de la primera declaración del estado de alarma, adoptada por Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, se han dictado en el ámbito de la Comunitat Valenciana, diversas resoluciones que han establecido medidas de prevención y medidas específicas por sectores con la finalidad de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el SARS-CoV-2.

Inicialmente el Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 (DOGV 20.06.2020), que ha tenido diversas adaptaciones a través de distintas resoluciones de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, a reseñar la Resolución de 17 de julio de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 18.07.2020) y la Resolución de 24 de julio de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 24.07.2020).

Como consecuencia de la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se dictó también la Resolución de 17 de agosto de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, para la adopción de las medidas establecidas en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, sobre medidas de prevención frente al Covid-19 (DOGV 18.08.2020), que fue prorrogada sucesivamente por diferentes resoluciones de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, de fechas 4 de septiembre de 2020 (DOGV 07.09.2020), 25 de septiembre de 2020 (DOGV 28.09.2020) y 19 de octubre de 2020 (DOGV 19.10.2020). Resoluciones que perdieron su eficacia con la publicación de la Resolución de 6 de noviembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, al recoger esta disposición la ordenación y contenido de las medidas preventivas adoptadas en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

En este intervalo de tiempo, a raíz de la situación epidemiológica especial en algunos municipios de la Comunitat Valenciana, se han dictado diversas resoluciones estableciendo medidas específicas en esos determinados municipios.

Posteriormente, como consecuencia de una situación de incidencia acumulada alta y con una tendencia ascendente importante en la Comunitat Valenciana, se dictó la Resolución de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 (DOGV 24.10.2020). Resolución que fue convalidada por Decreto 14/2020, de 25 de octubre, del President de la Generalitat (DOGV 25.10.2020). Y que pierde su eficacia a las 23.59 horas del 9 de diciembre de 2020 próximo.

Este incremento de casos común en todo el Estado, motivó por el Gobierno de la Nación la declaración de un nuevo estado de alarma por Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Estado de alarma que se ha prorrogado por Real decreto 956/2020, de 3 de noviembre, desde las 00.00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00.00 horas del día 9 de mayo de 2021.

En este contexto de mayor incidencia y gravedad, se vio imprescindible, además de las medidas adicionales excepcionales adoptadas, mantener y extremar las mismas y su limitación por sectores, siguiendo así los criterios establecidos en el documento Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19, del Ministerio de Sanidad. Y se dictó la Resolución de 6 de noviembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales extraordinarias en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid19 (DOGV 06.11.2020). Dichas medidas también pierden su eficacia a las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020

La situación actual recomienda mantener las medidas restrictivas siguiendo los criterios establecidos en el documento «Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19» del Ministerio de Sanidad. En este sentido el informe de epidemiología de la Subdirección General de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental de fecha 3 de diciembre de 2020, señala que en la Comunitat Valenciana la situación epidemiológica sigue en nivel de riesgo alto en la mayoría de los Departamentos de Salud de la Comunitat Valenciana, por lo que es necesario adoptar medidas no farmacológicas excepcionales y transitorias para reducir el impacto de la pandemia y, con ello, evitar el desbordamiento del sistema sanitario. Los indicadores epidemiológicos y de capacidad asistencial indican que nos encontramos en un nivel de riesgo alto con el agravante de que la tendencia de los indicadores de nivel de transmisión se mantiene de manera significativa. El ámbito social sigue siendo el ámbito donde predominan los brotes epidémicos, indicativo de que las actividades sociales son el principal origen de los contagios en la Comunitat Valenciana.

Por todo ello se hace necesario seguir manteniendo las medidas de prevención y limitación por sectores, lo que recomienda y obliga a conservar las medidas preventivas dictadas en aras a una acción de protección de la salud y seguridad de la ciudadanía.

Asimismo y para el periodo comprendido entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, ambos inclusive, siguiendo las indicaciones del Acuerdo por el que se prevén medidas de salud pública frente a covid-19 para la celebración de las fiestas navideñas, adoptado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en reunión de 2 de diciembre de 2020, se han establecido ciertas medidas y recomendaciones.