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Anuncio. Aprobación de modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios culturales (Escuela de Música). [Cód. 2015-02450], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 13-02-2015

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CASTROPOL

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 36

F. Publicación: 13/02/2015

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 36 de 13/02/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

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Finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento el día 26/11/14, BOPA n.º 292, de 19/12/14, por el que se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios culturales (escuela de música), se hace público el texto íntegro de la ordenanza modificada:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS CULTURALES (ESCUELA DE MÚSICA)

Artículo 1.-Concepto.

En uso de las facultades conferidas por los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales -texto refundido aprobado por R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo-, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación de servicios culturales (Escuela Municipal de Música).

Artículo 2.-Obligados al pago.

Están obligados al pago del precio público establecido en esta Ordenanza quienes se beneficien de los servicios, y en su caso, aquellos que realicen las inscripciones en los cursos.

Artículo 3.-Cuantía.

La percepción del precio público regulado en esta ordenanza queda sujeta a las siguientes tarifas:

- Matrícula única por curso y persona: 40,00 €.

- Cuota mensual para la inscripción en cualquiera de las especialidades: 15,00 €.

Artículo 4.-Obligación de pago.

La obligación de pago nace en el momento en que se realiza la prestación del servicio, o se formaliza la correspondiente solicitud de inscripción, con periodicidad de facturación mensual.

Disposición final

La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 26 de noviembre de 2014, entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto íntegro en el BOPA, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresas.

Castropol, 9 de febrero de 2015.-El Alcalde.-Cód. 2015-02450.