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Criterios generales del plan de comprobacion tributaria para el 2010 del Departamento de Hacienda y Finanzas. - Boletín Oficial de Gipuzkoa de 21-05-2010

Tiempo de lectura: 22 min

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Ambito: Gipuzkoa

Estado: EN PROCESO DE REVISION.

Órgano emisor: DFG-HACIENDA Y FINANZAS

Boletín: Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 94

F. Publicación: 21/05/2010

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 94 de 21/05/2010 y no contiene posibles reformas posteriores

DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

Por Orden Foral 405/2010 de 11 de mayo del Departamento de Hacienda y Finanzas se ha aprobado el Plan de Comprobación Tributaria para el año 2010, que incluye como anexo el Plan de Inspección del ejercicio 2010, así como los criterios generales que lo informan.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112 de la Norma Foral 2/2005 de 8 de marzo General Tributaria, el Plan de Comprobación Tributaria y su anexo tienen carácter reservado. No así los criterios generales que lo informan, que se publican a continuación.

Donostia-San Sebastián, a 17 de mayo de 2010.La secretaria técnica del Departamento de Hacienda y Finanzas, M.ª Jesús Pérez Garciarena.

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Criterios generales del plan de comprobación tributaria para el 2010 del Departamento de Hacienda y Finanzas.

I INTRODUCCIÓN

La misión del Departamento de Hacienda y Finanzas consiste en procurar una recaudación responsable de las contribuciones ciudadanas para financiar los servicios públicos ofrecidos a los ciudadanos, favoreciendo el crecimiento de la economía territorial y la redistribución de la riqueza con una eficiente y saneada gestión de las finanzas públicas. En consecuencia, la Hacienda Foral ha de velar por la aplicación efectiva del sistema tributario, de manera que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones tributarias, adoptando, en caso contrario, las medidas oportunas contra el fraude fiscal.

Una concepción moderna de la administración tributaria implica un compromiso con la sociedad que va más allá de la función recaudatoria de los impuestos, correspondiéndole, además de dar cumplimiento a la normativa tributaria aprobada, incorporar el factor de desempeñarla de manera ética, equitativa y eficiente.

El artículo 112 de la Norma Foral General Tributaria establece que el Departamento elaborará anualmente un Plan de comprobación tributaria que incluirá un Plan de Inspección, que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen.

El Plan de comprobación tributaria es un instrumento de planificación de la actuación del Departamento, que coexiste con otros, como el Plan Estratégico horizonte 2011, el Plan informático, el Plan de formación o los planes de calidad.

Dentro de este Plan de comprobación tributaria, se pueden distinguir entre los objetivos de mejora de la gestión y de prestación de servicios de calidad y los objetivos de control del cumplimiento tributario de los contribuyentes de carácter intensivo o extensivo.

II OBJETIVOS DE PLAN ANUAL DE COMPROBACIÓN DE 2010 Y ACTUACIONES PREVISTAS

Teniendo en cuenta las previsiones recaudatorias para este año, el Plan anual de comprobación tributaria para el año 2010 contiene la planificación de las actuaciones que va a desarrollar la Dirección General de Hacienda, recogiendo con un carácter unificador los criterios básicos de actuación de los diferentes órganos. Estos criterios básicos se desarrollan mediante los Planes de Inspección, de Gestión y de Recaudación que contendrán un desarrollo de las diferentes actuaciones y procedimientos, sin olvidar la cada vez más importante coordinación entre los diferentes Planes, lo cual permitirá dar un a visión integral de la actuación de la Dirección que le permita avanzar y afrontar con rapidez los nuevos retos que se presentan a una administración tributaria moderna. Para ello se deberán adoptar medidas tendentes a aprovechar el avance de las tecnologías y promover medidas tanto en la esfera interna como en la internacional que permitan garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Los dos grandes principios sobre los que gira el Plan Anual de comprobación tributaria para el 2010 continúan siendo, por una parte, el fomento del cumplimiento voluntario de los contribuyentes y, por otra, el desarrollo de actuaciones tendentes a reducir los incumplimientos tributarios y el fraude fiscal.

Ahora bien, también ha de tenerse en cuenta la situación de crisis económica existente, así en materia normativa se han adoptado medidas con objeto de paliar las circunstancias económicas adversas, como el Decreto Foral 1/2010, de 19 de enero sobre medidas destinadas a flexibilizar durante el año 2010 el pago de determinadas obligaciones tributarias y la Orden Foral 112/2010, de 12 de febrero, por la que se determinan los signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF, en la que las cuantías de los mismos permanecen inalterados respecto de los que fueron de aplicación en 2009.

Sin embargo, esta situación de crisis no puede menoscabar las actuaciones de control, aunque provoque, en unos casos, reforzar las medidas preventivas de cara a evitar incumplimientos y, en otros, reorientar el contenido de algunas líneas de actuación.

Las líneas de actuación a desarrollar son las siguientes:

1.    La mejora de la gestión y el impulso de la calidad y del uso de las tecnologias de la informacion y comunicación (TIC´S).

1.    Desarrollo del sistema integral de inspección IKUS. Se ha finalizado el proceso de implantación de los nuevos ordenadores que se van a utilizar en IKUS para la nueva base de datos destinada a la selección de contribuyentes que van a ser objeto de inspección.

Durante este primer trimestre se ha procedido a la carga de los datos de los impuestos principales y explotarlos en preproducción. Se inicia asimismo la fase de formación del personal de la Inspección encargado de la selección de contribuyentes.

La nueva base de datos con toda la información de contenido tributario del Departamento estará operativa para junio de 2010.

Por otra parte, se está diseñando y desarrollando la parte del sistema IKUS destinado a la ayuda en la tramitación de los expedientes de Inspección.

El desarrollo de un prototipo está previsto para junio de este año y su implementación a finales del mismo.

2.    Suministro de información desde el Consejo General del Notariado a la Hacienda Foral. Se recibe información de cada una de las operaciones que realizan todos los notarios guipuzcoanos así como las que realizan contribuyentes guipuzcoanos con notarios de fuera de Gipuzkoa (alrededor de 220 notarios). En total alrededor de 11.000 operaciones al trimestre. Cada operación lleva información sobre la codificación de la operación, la cuantía, los inmuebles afectados con su referencia catastral y la relación de intervinientes en la operación.

3.    Servicio de solicitud telemática de CIF provisional. Consiste en la asignación del NIF en el momento de creación de las nuevas sociedades, agilizando así los trámites de constitución: Se han realizado las pruebas con resultado positivo y se pondrá en funcionamiento la comunicación entre el ordenador de cada notario y el de la Hacienda, a través de los servidores del Consejo General del Notariado, a los efectos de asignación al momento del NIF.

4.    Suministro de información sobre operaciones con actos sospechosos de fraude fiscal (OCP) y acceso al Índice Único Informatizado. Se prevé la posibilidad de que a través de los Órganos de Inspección se realicen diferentes intercambios de información con la Oficina de Blanqueo de Capitales del Consejo de Notariados.

5.    Servicio de liquidación telemática del ITP y AJD. Se abordará en una segunda fase el proyecto de liquidación telemática del ITP y AJD. Será el notario quien realice la elaboración de la declaración, incluidas las posibles bonificaciones, exenciones. El servicio utilizará un sistema de pago que permita cargar en cuenta el importe resultante del cálculo de las liquidaciones.

6.    Servicio de remisión de copia electrónica de escrituras/Servicio de recepción de carta de pago o diligencia de presentación. Este proyecto se aborda paralelamente con el servicio de liquidación telemática del ITP y AJD.       

Los notarios que recaben la autorización del sujeto pasivo remitirán copia electrónica de la escritura a la Administración Tributaria.

La Administración enviará carta de pago o diligencia de presentación de aquellas liquidaciones que se realicen telemáticamente y el notario haya enviado previamente la escritura.

Este servicio evitará que las escrituras remitidas telemáticamente deban presentarse presencialmente para obtener el sello que permita la inscripción en el registro.

7.    Elaboración de cartas de servicios.

8.    Mejora en los sistemas de control de recaudación.

9.    Aprobación de nuevas Ponencias de Valoración en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

10.    Inclusión en el Servicio de Información de todos los procedimientos telemáticos y su mantenimiento.

2.    Mejora en la informacion, asistencia al contribuyente y comunicación.

1.    Desarrollo de los servicios personalizados por Internet.

2.    Telematización de la presentación de las restantes declaraciones tanto informativas como con ingreso.

3.    Intensificación y mejora del intercambio de información con objeto de reducir el número de certificados que precisan los contribuyentes.

4.    Mejoras en las propuestas de autoliquidación del IRPF enviadas por la Administración Tributaria.

5.    Reducción en los plazos de resolución de la actuación administrativa (consultas, recursos, actas de inspección, etc.).

6.    Seguimiento y comprobación de las declaraciones informativas necesarias con objeto de mejorar la asistencia e información a los contribuyentes.

7.    Otros servicios personalizados a través del teléfono.        

8.    Expediente telematizado en el Tribunal Económico Administrativo y presentación de reclamaciones económico-administrativas por Internet.

9.    Expediente electrónico.

10.    Impreso y programa común, modelo 200 de impuesto de sociedades para empresas con volumen de operaciones, para las administraciones forales. Aceptación del programa del estado Unificación con las Diputaciones Forales de modelo 220.

11.    Integración en «zergabidea» de las autoliquidaciones y declaraciones informativas de impuestos directos que se mandan telemáticamente.

12.    Integración de los certificados del impuesto de sociedades en la aplicación general del Departamento de Hacienda.

13.    Posibilidad de importación y exportación de los datos contables, es decir, de la contabilidad de las empresas a las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades y de éstas al Registro Mercantil.

3.    Colaboración con asociaciones representativas y otros agentes.

Los Acuerdos con asociaciones representativas y con otros agentes sociales constituyen un vehículo para la prevención del fraude, en la medida en que se comprometen a colaborar con la administración o asumen un código de buenas practicas. En este sentido se van a:

1.    Establecer cauces de comunicación permanentes con las asociaciones de asesores fiscales y gestores administrativos, así como con los colegios profesionales y las asociaciones de empresarios, para poner en su conocimiento los principales fraudes detectados y sus consecuencias.

2.    Mantener contactos entre la Dirección General de Hacienda y las principales empresas del territorio para informarles de las líneas de actuación de Hacienda y fomentar el mayor compromiso posible del mundo empresarial con la prevención del fraude.

3.    Fomentar la utilización y exigencia de facturas mediante contactos con las asociaciones de consumidores y usuarios.

4.    Desarrollo de la normativa foral y de aplicaciones.

Además de continuar analizando la experiencia derivada de la aplicación de la Norma Foral General Tributaria aprobada el 8 de marzo de 2005, con objeto de elaborar los desarrollos reglamentarios oportunos, ante la situación de crisis económico-financiera, se han adoptado medidas de diferente naturaleza, con objeto de paliar, en parte, sus efectos y, por otra parte, de reforzar los ingresos tributarios.

Así, se contemplan medidas dirigidas a:

Ampliar los plazos establecidos en materia de reinversión de vivienda habitual y en materia de cuenta vivienda, así como para vender la antigua vivienda.

Facilitar, mediante aplazamientos de pago de las deudas tributarias, la liquidez financiera necesaria par el desarrollo de su actividad, contemplando incluso eximir de garantías en determinados casos.

Reducción de tipos de gravamen en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y exención de AJD en determinados supuestos.

Ampliación del plazo para la solicitud de planes de inversión especiales en el Impuesto de sociedades.

Reducción del plazo para la consideración de gasto deducible en el caso de una insolvencia.

Incremento de las retenciones de capital mobiliario, inmobiliario y ganancias patrimoniales.

Incremento de las retenciones de trabajo para las rentas más altas.

Incremento de los tipos de gravamen del IVA.

Incremento del tipo de gravamen de la SICAVS.

Por otra parte, es necesario finalizar el desarrollo de algunas materias relacionadas con el fraude fiscal. En este sentido, se adoptarán medidas en relación con:

Aprobación del Reglamento de inspección de los tributos.

El refuerzo de las obligaciones de información sobre disposiciones de fondos, sobre cobros a través de tarjetas de crédito o débito y sobre las operaciones de suministro de energía eléctrica.

Obligaciones de información de las entidades que se constituyen con la finalidad específica de la posterior transmisión a terceros de sus participaciones, acciones y demás títulos, así como reforzar las obligaciones de información en relación con las operaciones percibidas en metálico.

Asimismo, las diferentes Subdirecciones y Servicios participarán y, en su caso, promoverán la elaboración de las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de los tributos.

Por otra parte, se procederá a desarrollar las previsiones del Plan informático 2008-2011, participando en las diferentes comisiones sectoriales de cara a la implantación o adaptación de los diferentes programas informáticos.

5.    Control del cumplimiento tributario y lucha contra el fraude fiscal.

Además de las actuaciones previstas en el Plan dirigidas a fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, facilitándolo a través de la mejora de la información, de los medios tecnológicos y de una simplificación de los procedimientos, es necesario contemplar medidas administrativas tendentes a detectar y corregir los incumplimientos de las obligaciones por los contribuyentes y, especialmente, aquellas conductas que tienen un claro objetivo defraudatorio.

Dentro de las actividades de control se distinguen:

1.    Los principios de actuación de los diferentes órganos de la Dirección.

2.    Las actividades prioritarias de la Inspección, de Gestión y de Recaudación.

3.    Las actuaciones de coordinación.

5.1. Principios generales de actuación de los diferentes órganos de la Dirección.

Lucha contra las tramas de fraude organizadas, fraude carrusel y emisión de facturas falsas.

Actuaciones de investigación, información, mejora de censos y comprobaciones relativas al sector inmobiliario.

Comprobación de las relaciones comerciales entre contribuyentes.

Control sobre operaciones societarias y de ingeniería fiscal.

Control de las operaciones que presentan un nivel de riesgo importante (billetes de alta denominación).

Control de la efectividad de las reinversiones en vivienda habitual declaradas exentas en el IRPF.

Control de actividades económicas en módulos en el IRPF.

Contraste de la información de arrendadores y arrendatarios de viviendas.

Control de los rendimientos de trabajo exentos: Dietas e indemnizaciones por despido.

Control de la realidad del gasto en las actividades económicas declaradas en el IRPF.

Control de las ventas de inmuebles realizados por personas físicas que estén situados fuera de Gipuzkoa.

Control de acceso al Registro de Operadores Intracomunitarios y de Exportadores.

Comprobación de las devoluciones y de las declaraciones a compensar del IVA.

Intensificación de las actuaciones a través del procedimiento de comprobación limitada y restringida.

Impulso de las actuaciones con otras administraciones para profundizar y mejorar el intercambio de información.

Puesta en marcha paulatina del Convenio de colaboración con el Colegio de Notarios.

Aprobación y puesta en marcha, en su caso, de Convenios de colaboración con la Cámara de Comercio, el Colegio de Gestores Administrativos, con la SPRI, con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y con el Instituto Nacional de Empleo para el intercambio de información y gestión recaudatoria.

Colaboración con otras Administraciones Tributarias y seguimiento de sus actuaciones para comprobar su adecuación a lo dispuesto en el Concierto Económico y a la normativa aplicable.

Actuaciones de obtención de información mediante la presencia directa de agentes.

Reducción en los plazos de resolución de la actuación administrativa (consultas, recursos, actas de inspección, etc.).

Reducción de las rectificaciones solicitadas por los contribuyentes en el IRPF.

Mejora de los sistemas internos de acceso a la información.

Análisis de los % de tributación a diferentes administraciones.

Comprobación del cumplimiento de requisitos para la exención por reinversión de beneficios extraordinarios del Impuesto sobre Sociedades.

Verificación de la reversión de los ajustes por la libertad de amortización y por la amortización acelerada.

Revisión de los ajustes de primera aplicación del PGC.      

Control del cumplimiento de los requisitos de las deducciones contempladas en el titulo VII, capítulos IV, V y VI de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades.

5.2.  Actividades prioritarias de la Inspección.

El Plan de inspección anual de 2010 contempla las líneas de actuación que persiguen combatir la economía oculta y detectar las rentas no declaradas, con inspecciones más específicas y concretas relacionadas con un fraude más organizado y mucho más reprobable, como el de tramas o utilización de facturas falsas y él que se realiza con abuso de la normativa, entre otros. Se plantean inspecciones de carácter sectorial únicamente en los contribuyentes del sector de servicios.

A estas líneas de actuación, de iniciativa de la propia Inspección, se añaden las de colaboración con otros servicios del Departamento y con otras Haciendas, tanto en el marco de la asistencia mutua, como de cumplimiento de los compromisos mínimos de comprobación de los obligados tributarios en volumen de operaciones en la Administración del Estado. 

Dentro de estas líneas estratégicas, se contemplan actuaciones en los ámbitos siguientes:

Sector construcción-inmobiliario, empresas que operan y servicios que se prestan, analizando los precios reales de venta, así como la emisión de facturas falsas y las operaciones de reestructuración empresarial

Tramas de fraude al IVA en las operaciones intracomunitarias mediante medidas de detección precoz incidiendo en los sectores en los que más se presenta este tipo de fraude, en colaboración con otras Haciendas.

Comprobación de las relaciones comerciales entre contribuyentes, atacando el fraude generado a través de facturas falsas emitidas al amparo del régimen de estimación objetiva, así como la utilización de billetes de alta denominación.

Profesionales del sector servicios.

Operaciones societarias: De ordenación y reestructuración empresarial; de compra-venta de empresas; así como las basadas en la utilización de figuras jurídicas planificadas para evitar el pago de impuestos.

Verificación del cumplimiento de los requisitos por parte de fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, así como de las Sociedades de Promoción de Empresas

Mercados del dinero, del capital y del seguro.

Empresas del sector Industrial, especialmente los relacionados con residuos industriales e intermediarios en la venta de los mismos.

Empresas que han practicado ajustes extracontables, así como aquellos que han aplicado beneficios fiscales, deducciones por inversión en activos fijos nuevos, reserva de inversiones productivas e investigación y desarrollo.         

Actuaciones de contribuyentes que presenten incoherencias o incongruencias entre lo declarado y la información de que dispone la Hacienda Foral.

Impuestos Especiales (IIEE): Control de producciones, entradas y salidas de materias primas, productos intermedios y productos terminados, controles sobre la comercialización de bebidas, tabaco e hidrocarburos. La comprobación e investigación de la producción de electricidad y de su comercialización.

Comprobación de determinados contribuyentes relacionados con procedimientos judiciales en curso.

Verificación y constatación de domicilios fiscales, así como de datos, hechos, operaciones, documentos, actos o circunstancias que tengan trascendencia tributaria para averiguar su certeza y realidad.

Colaboración con Servicios Gestores y con otras Administraciones Tributarias.

5.3.  Actividades Actividades prioritarias de Gestión.

Las actuaciones del área de Gestión tienen una finalidad de información y asistencia al contribuyente, así como de obtener y controlar un gran volumen de información, pero no hay que olvidar su, cada vez mayor, actividad comprobadora, la cual se ha potenciado especialmente con la reciente Norma Foral General Tributaria.

Dentro de su actividad en relación con los diversos impuestos concertados, destacan las siguientes actuaciones:

Seguimiento de los pagos a cuenta efectuando las liquidaciones e iniciando los expedientes sancionadores que procedan, de manera que se cumpla correctamente con el pago puntual en cada uno de ellos, impidiendo se retrasar hasta el último pago del año.

Requerir a los no declarantes por los diferentes impuestos, incluyendo a los no declarantes de modelos informativos, con objeto de mantener actualizada la información que precisa la Administración Tributaria para un adecuado control.

Control de la efectividad de las reinversiones en vivienda habitual declaradas exentas en el IRPF.

Control de actividades económicas en módulos en el IRPF.

Contraste de la información de arrendadores y arrendatarios de viviendas.

Control de los rendimientos de trabajo exentos: Dietas e indemnizaciones por despido.

Control de las compraventas de inmovilizado inmaterial: Taxis, farmacias.

Reducir el número de rectificaciones de las declaraciones presentadas.

Mejorar los plazos de resolución a los recursos presentados, procedimientos sancionadores y de liquidación de intereses de demora.

Proceder a las devoluciones de impuestos en los plazos legalmente previstos y, en su caso, de conformidad con lo previsto en las cartas de servicios aprobadas.

Comprobar las declaraciones presentadas prestando especial atención a las actividades económicas en los diferentes impuestos, así como a loa obligados tributarios de mayor riesgo fiscal, para lo cual se girarán liquidaciones provisionales de oficio, así como las derivadas de las nuevas comprobaciones restringidas y limitadas.

Verificar el cumplimiento del compromiso de reinversión: Importes y plazos en la exención por reinversión de beneficios extraordinarios.

Comprobar la reversión de la libertad de amortización de años anteriores.

Comprobar si con posterioridad a las operaciones de reestructuración acogidas al régimen especial de fusiones, escisiones, etc. se han producido transmisiones tanto de participaciones como de inmuebles.

Verificar el cumplimiento de las condiciones de mantenimiento del empleo en la deducción por creación de empleo.

Verificar el cumplimiento de las condiciones de mantenimiento de la inversión en las deducciones en cuota por adquisición de valores de renta variable.

Comprobar las transmisiones de inmuebles y las renuncias a la exención del IVA en el sector inmobiliario.

Comprobaciones a contribuyentes que han presentado la declaración del IVA a compensar.

Comprobación de los grupos de IVA.

Comprobar los censos de contribuyentes con objeto de lograr una gestión eficaz.

Comprobación de las altas del Catastro, así como las obras nuevas.

Modificación de las Ponencias de Valoración a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Actualizar las bases de datos del Catastro con los datos del Registro de la Propiedad.

Mejorar la descripción de los bienes del Catastro de bienes rústicos.

Requerimientos a no declarantes en el IBI y en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Actualización de parcelarios.

Comprobación de diferentes bases de datos en relación con la titularidad de bienes inmuebles.

5.4.  Actividades prioritarias de la Subdirección de Recaudación y Oficinas Tributarias.

La gestión recaudatoria está evolucionando en la medida en que se viene observando que las actuaciones fraudulentas se desplazan a la fase recaudatoria, lo cual exige dar respuestas rápidas y de forma coordinada con el resto de órganos de la administración tributaria.

Además de este tipo de actuaciones, no hay que olvidar que una de sus actividades primordiales consiste en prestar un servicio de información y atención a los ciudadanos de calidad, sin olvidar la necesidad de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales cuando existen necesidades de carácter financiero.

En consecuencia, son actuaciones prioritarias las siguientes:

Mejorar los plazos de resolución a los recursos presentados y, en general, de los procedimientos recaudatorios.

Facilitar y agilizar las concesiones de aplazamientos de pago.

Adoptar medidas cautelares y análisis del movimiento de cuentas para evitar la elusión del futuro pago de las deudas tributarias.

Incrementar las declaraciones de responsabilidad en caso de fallidos.

Revisar la situación de los expedientes declarados fallidos.

Participar activamente y realizar un control de situación de todos los procesos concursales.

Efectuar actuaciones de investigación patrimonial individualizada y un continuo seguimiento de las garantías presentadas en relación con las deudas aplazadas.

5.5.  Actuaciones de coordinación.

La actividad de los órganos de la Dirección General de Hacienda ha de desarrollarse de forma coordinada simultánea o sucesivamente, destacando para 2010 las siguientes áreas de actuación:

a)  Potenciar la coordinación de la Subdirección General de Inspección y de la Subdirección General de Recaudación con objeto de anticipar medidas dirigidas a propiciar el cobro de las deudas, así como a adoptar medidas cautelares en relación con los contribuyentes que presenten riesgo recaudatorio.

b)  Continuación de las actuaciones de intercambio de información entre el Servicio de Impuestos Indirectos y la Subdirección General de Inspección en el ámbito del control censal de los contribuyentes vinculados al fraude en el IVA e Impuestos Especiales.

c)  Impulso de la coordinación entre los Servicios de Impuestos Indirectos y de Impuestos Directos con la Subdirección General de Inspección en relación con las empresas de nueva creación que puedan comportar riesgos, así como con la comprobación de domicilios fiscales.

d)  Impulso de la coordinación entre los Servicios de Impuestos Indirectos y de Impuestos Directos con la Subdirección General de Inspección con objeto de adelantar actuaciones en los casos de fraude especialmente grave.

e)  La actuación coordinada de la Subdirección General de Inspección y del Servicio de Tributos Locales con objeto de regularizar actividades económicas no declaradas en relación con el sector inmobiliario.

f)  Coordinación entre los servicios de Impuestos directos e indirectos en materia de control sobre las actividades económicas, ingresos y gastos.

g)  Coordinación entre inspección y el Servicio de Impuestos Directos en cuanto a determinadas líneas de actuación.