Legislación

Anuncio por el que se procede a la publicación de la aprobación de la versión definitiva del Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria 2018-2021 y de su documentación ambiental según el apartado 2 del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental., - Boletín Oficial de Cantabria, de 25-09-2018

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 188

F. Publicación: 25/09/2018

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 188 de 25/09/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de puertos de Cantabria regula, en sus artículos 8 al 13, la planificación portuaria. Así mismo la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, regula el instrumento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas.

En su reunión de fecha 26 de julio de 2018, el Consejo de Gobierno adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

1. Aprobar definitivamente el 'Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria 2018-2021'.

2. El Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria 2018-2021 se publicará en el portal de transparencia del Gobierno de Cantabria, en el siguiente enlace: http://www.cantabria.es/web/transparencia/inicio.

3. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Cantabria junto con el extracto y las medidas para el seguimiento de los efectos en el Medio Ambiente de la aplicación del Plan, de conformidad con el artículo 26.2, apartados b) y c) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental.

En cumplimiento del anterior acuerdo y de lo indicado en el artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental citado en el mismo, se procede a la publicación de lo siguiente:

1. Acuerdo por el que se adopta o aprueba el plan o programa: Ver anexo.

2. La dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pone a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan es la siguiente: http://www.cantabria.es/web/transparencia/inicio

3. Extracto de la documentación ambiental, que incluye la integración en el Plan de los aspectos ambientales, el estudio ambiental estratégico, la información pública y las consultas, así como la declaración ambiental estratégica y las razones de la elección de la alternativa seleccionada.

En lo relativo a la manera en que se han integrado en el plan los aspectos ambientales se ha de indicar primeramente que según se indica en el artículo 8 de la Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria, el Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias del litoral de Cantabria 'constituye el instrumento principal de la política sectorial, y deberá contener las previsiones, objetivos, prioridades, criterios de definición del modelo de la oferta de equipamientos y servicios al sector portuario; criterios medioambientales, territoriales y urbanísticos; y la ordenación de las distintas instalaciones y obras portuarias'. En consecuencia, los aspectos medioambientales deben ser contemplados en el Plan por indicación legal.

En este sentido, entre los objetivos generales del Plan se encuentra el de garantizar la sostenibilidad ambiental de la planificación portuaria, haciendo compatible su desarrollo con la protección del medio natural. Los objetivos medioambientales concretos considerados e integrados en el Plan se especifican detalladamente en el Tomo II, epígrafe 2.1.3, entre los que se encuentran la prevención y minimización de los cambios de uso del suelo, la optimización del empleo de recursos, la minimización en la generación de residuos, contaminantes atmosféricos, ruido o contaminación marina, la preservación de la biodiversidad y el patrimonio natural y cultural, la minimización de la afección de zonas intermareales y marismas, o la compatibilización con planes sectoriales y con el planeamiento territorial y urbanístico, así como en el 2.1.4., en cuanto a la protección del paisaje costero. Igualmente, en el epígrafe 2.2.6. del mismo Tomo II, se incluyen los criterios para garantizar la sostenibilidad ambiental de la planificación portuaria.

Posteriormente, en base a estos objetivos y criterios se plantean tres diferentes alternativas estratégicas, que se comparan entre sí a efectos de su elección mediante matrices de valoración del grado de cumplimiento esperado de los objetivos establecidos, entre ellos los medioambientales, así como de una evaluación de impacto ambiental global de dichas estrategias. Analizadas las diferentes opciones y alternativas estratégicas según lo anterior, se deduce que la que mejor cumple es la alternativa 1, definida como 'Estrategia continuista ajustada a disponibilidad presupuestaria', la cual se plasma finalmente en una propuesta de actuaciones concretas que se indican al final del citado Tomo II del Plan.

Por tanto, la elección de la alternativa seleccionada en el Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria, en relación con las consideradas, se debe a que es la estrategia que comporta un mayor cumplimiento de objetivos específicos del sector portuario autonómico, así como un menor impacto ambiental, tal y como se recoge en las conclusiones del Tomo VI.I 'Informe de Sostenibilidad Ambiental. Memoria'.

Conscientes de la incidencia de los fenómenos climáticos extremos y del cambio climático sobre la costa y sus estructuras, una de esas propuestas de actuaciones es la relativa a la pre-adaptación de los puertos e instalaciones portuarias de Cantabria al cambio climático, que se deriva asimismo de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y está basada en el 'estudio básico de necesidades de actuación de los puertos como consecuencia de fenómenos climáticos extremos' que se incluye al final del Tomo I 'Memoria de Información' del Plan, por lo cual se ha considerado también esta variable ambiental. E inversamente, a través del cumplimiento de determinados objetivos medioambientales, se pretende con este Plan contribuir en una parte proporcional a la mitigación del cambio climático.

Asimismo, por lo que respecta a las actuaciones que se pudieran desarrollar durante el periodo de vigencia del Plan incluidas en el programa de 'Grandes actuaciones' y correspondientes a las ampliaciones de las instalaciones portuarias en los puertos de San Vicente de la Barquera y Suances, se han considerado inicialmente criterios de exclusión y de idoneidad que permitan establecer la ubicación para cada una de ellas. Posteriormente se han realizado los procedimientos de evaluación de impacto ambiental correspondientes, al objeto de tener en cuenta los objetivos y medidas contempladas, entre otras, en normativas en materia de patrimonio natural, conservación de la naturaleza, espacios naturales protegidos, biodiversidad, dominio público marítimo-terrestre, calidad del aire, etc. Dichas actuaciones cuentan ya con la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental aprobatoria, que se incluyen en el Anejo nº 1 del Tomo VI.II. 'Informe de Sostenibilidad Ambiental. Anejos'.

En cuanto a la forma en que se ha tomado en consideración en el plan el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas y la declaración ambiental estratégica, de conformidad con lo establecido en las leyes medioambientales de aplicación en el momento de su redacción, una vez realizada la fase de consultas previas y emitido el Documento de referencia (o de alcance) por el órgano ambiental, el Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria y su correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental (estudio ambiental estratégico), recogen las consideraciones de aquél. En el Tomo VI.II, Anejo nº 1 del ISA, se incluye un análisis del cumplimiento del documento de referencia y consultas. Se contemplan igualmente en el Plan las determinaciones de la Memoria Ambiental (o declaración ambiental estratégica), que deberán ser consideradas en el desarrollo del Plan. Dicha Memoria Ambiental, así como el informe de alegaciones, se incluyen en el Anejo nº 5 del Tomo VII.I 'Anejos nº 1- nº 5 ter' del Plan.

En relación con el proceso de participación pública, y tras la elaboración de la Memoria Inicial de la Revisión de Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria, se inició el trámite de consultas previas para la redacción del Documento de Referencia el cual, una vez elaborado, fue remitido a la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda. Posteriormente, esa Dirección General remitió a los diferentes organismos el Avance de la Revisión del Plan de Puertos, y en los meses posteriores los distintos organismos consultados envían informes con sus alegaciones y sugerencias al mismo.

En julio de 2014, es aprobado por Resolución del consejero de Obras Públicas y Vivienda el Proyecto de Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria que, junto con el correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental, es enviado a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo para el trámite de información pública. El día 18 de agosto de 2014 se publica en el BOC el inicio de la Información Pública, que se prolongará dos (2) meses a partir de esta fecha.

En noviembre de ese mismo año, la Dirección General de Obras Públicas remite a los organismos implicados el documento respuesta a las Alegaciones y Observaciones presentadas a la Propuesta de Plan e Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan de Puertos.

Posteriormente, el 5 de febrero de 2015, el director general de Medio Ambiente aprueba la Memoria Ambiental (o declaración ambiental estratégica) del Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria, cuyas determinaciones han sido incorporadas, como ya se ha comentado, en el propio Plan.

Finalmente fue emitido informe favorable de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente sobre el Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria, de fecha abril de 2015.

El último trámite de información y participación del Plan previo a su aprobación, en este caso a través de los representantes políticos de los ciudadanos, consiste en su remisión al Parlamento de Cantabria para que el Pleno de la Cámara se pronuncie sobre él. Dicho Plan fue remitido en septiembre de 2016 a la citada Institución por Acuerdo del Consejo de Gobierno y en fecha marzo de 2018 se recibieron las Resoluciones aprobadas con las revisiones a efectuar en el citado Plan, las cuales han sido incorporadas al mismo.

4. Medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan.

Como elementos básicos a la hora de comprobar y verificar si en el nuevo Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria se han contemplado los criterios ambientales de forma adecuada, se han establecido una serie de indicadores ambientales que se incluyen en el apartado 10.6.1 del Tomo VI.I. 'Informe de Sostenibilidad Ambiental. Memoria' del Plan, los cuales configuran un instrumento para el seguimiento y análisis del grado de cumplimiento de éste. Para poder hacer comparaciones en el tiempo y para la mejora de los procedimientos ambientales, se mantienen los indicadores del Plan anterior y se proponen otros nuevos complementarios, de acuerdo con lo indicado en el Documento de Referencia.

Por otro lado, para aglutinar y estructurar las tareas previstas en el seguimiento ambiental de las actuaciones establecidas en el Plan de Puertos, se incluye en el citado Tomo VI.I. un Plan de Vigilancia Ambiental (PVA), que será de aplicación en el periodo de vigencia del mismo y cuya finalidad es verificar el cumplimiento de las directrices, indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidas en el Informe de Sostenibilidad Ambiental, mediante el establecimiento de una serie de tareas de control en el desarrollo de sus actuaciones, incluyendo los modelos propuestos para facilitar la realización de los controles operacionales de los aspectos ambientales significativos de las obras.

Santander, 3 de septiembre de 2018.

El director general de Obras Públicas,

José Luis Gochicoa González.

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