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Aprobación definitiva de la modificación número 1 de la Ordenanza reguladora de las Terrazas en Espacios de Uso Público., - Boletín Oficial de Cantabria, de 23-05-2014

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 98

F. Publicación: 23/05/2014

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 98 de 23/05/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación n.º 1 de la Ordenanza reguladora de las Terrazas en Espacios de Uso Público, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

"Artículo 13, donde establece:

1.- El funcionamiento de las terrazas de veladores se ajustará al siguiente horario:

..

b) El horario de cierre será:

- Días laborables y festivos, a las cero horas.

- viernes, sábados y vísperas de festivos, a la una horas.

c) Durante los meses de julio y agosto los establecimientos podrán ampliar su horario de cierre una hora y treinta minutos.

Artículo 15.

1.- Se prohíbe la instalación de billares, futbolines, máquinas recreativas, barbacoas o instalaciones análogas, reproductores de sonido sólo se permitirá la utilización de aparatos audiovisuales (televisores) y cuando cumplan con las siguientes determinaciones:

- Se podrá instalar un aparato por terraza siempre en el interior de la misma.

- En todo caso sin sonido y con un máximo de 49 pulgadas.

- No se podrán colocar TV en las fachadas por fuera de las mismas ni adosadas a los cristales."

La presente modificación de la Ordenanza entrará en vigor a los quince días contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria con sede en Santander, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Castro Urdiales, 29 de abril de 2014.

El alcalde en funciones,

José Francisco Ucelay Vélez.

2014/7352