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Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal nº 3 reguladora de la tasa por distribución de agua, incluido los derechos de enganche y mantenimiento de contadores, - Boletín Oficial de La Rioja, de 21-11-2011

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Ambito: La Rioja

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE ALBERITE

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 149

F. Publicación: 21/11/2011

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de La Rioja Número 149 de 21/11/2011 y no contiene posibles reformas posteriores

Adoptado por este Ayuntamiento en sesión plenaria de veintisiete de septiembre de 2011 el acuerdo de aprobación provisional de modificación de la "Ordenanza fiscal nº 3 reguladora dela tasa por distribución de agua, incluido los derechos de enganche y mantenimiento de contadores", tal y como se transcribe más adelante, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, efectuado mediante anuncio fijado en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 128 de 7 de octubre de 2011, queda definitivamente aprobada dicha modificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, a continuación se inserta la parte dispositiva del acuerdo de aprobación que incluye el texto íntegro de la citada modificación, elevada ya a definitiva a todos los efectos legales.

Contra dicho acuerdo y ordenanza modificada podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 del referido Real Decreto Legislativo 2/2004, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la ley reguladora de dicha jurisdicción.

Parte dispositiva del acuerdo adoptado, que incluye artículo modificado de la ordenanza:

III.-Aprobación provisional de la modificación de la "Ordenanza fiscal nº 3 reguladora se la tasa por distribución de agua".-//Sometido el asunto a votación, el Pleno del Ayuntamiento, por siete votos a favor (Grupo Popular) y cuatro en contra (Grupo Socialista), acuerda:

Primero.- Aprobar la modificación de la "Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas o acometidas a la red general y mantenimiento de contadores", en los términos en que figura en el expediente y con la redacción que a continuación se recoge:

Artículo modificado

Artículo 6.-

5.) Tarifas

1.- Uso General

euros

Mínimo Semestral

5,47

Consumos entre 0 y 50 m3

0,48

Consumos entre 51 y 80 m3

0,50

Consumos entre 81 y 120 m3

0,57

Consumos entre 120 y 200 m3

0,65

Consumos de más de 200 m3

0,78

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Rioja, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.

Alberite, a 16 de noviembre de 2011.- El Alcalde, Juan Pablo Sicilia Ausejo.