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Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana., - Boletín Oficial de Cantabria, de 16-04-2014

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE MARINA DE CUDEYO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 74

F. Publicación: 16/04/2014

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 74 de 16/04/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

Adoptado en sesión celebrada por el Ayuntamiento Pleno el día 3 de febrero de 2014, el acuerdo de aprobación provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y una vez finalizado el periodo de exposición pública de treinta días hábiles sin que se hayan presentado reclamaciones, dicho acuerdo se eleva automáticamente a definitivo, tal y como establece el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 de dicha norma, se hace público el texto íntegro del acuerdo de modificación que figura como anexo a este anuncio.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Marina de Cudeyo, 1 de abril de 2014.

El alcalde,

Federico Aja Fernández.

ANEXO

1º.- Modificación del texto de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en los siguientes artículos:

Artículo 5º:

..

8.- Cuando se modifiquen los valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general se tomará, a efectos de la determinación de la base imponible de este impuesto, como valor del terreno, o de la parte de éste según las reglas contenidas en los apartados anteriores, el importe que resulte de aplicar a los nuevos valores la reducción del 60 por 100.

..

2014/5342