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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de Acceso y Funcionamiento del Vivero de Empresas Nido de Serjuco., - Boletín Oficial de Cantabria, de 11-07-2014

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE COLINDRES

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 133

F. Publicación: 11/07/2014

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Cantabria Número 133 de 11/07/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Ayuntamiento de Colindres, en sesión plenaria celebrada el 11 de abril de 2014 adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de Acceso y Funcionamiento del Vivero de Empresas Nido de Serjuco. El presente anuncio se publicó en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Cantabria número 85, de fecha 6 de mayo de 2014.

Transcurrido el período de exposición de treinta días hábiles a partir de la inserción de dicho anuncio en el BOC, no se ha presentado reclamación u observación alguna, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, se eleva a definitivo el acuerdo inicialmente aprobado, procediéndose a la publicación de la modificación, quedando su redacción del modo siguiente:

Apartado c) y d) del artículo 3:

c) Los solicitantes deberán de tener un máximo de 45 años en el momento de la adjudicación de la autorización de uso de los despachos.

d) Los solicitantes deberán de estar empadronados en el Ayuntamiento de Colindres con una antigüedad mínima de cinco años, siendo consecutivos al menos los dos últimos.

Apartado b) del artículo 9:

b) Edad del solicitante: Puntuación máxima 25 puntos.

- Entre 16 y 30 años: 25 puntos.

- Entre 30 y 32 años: 15 puntos.

- Entre 32 y 35 años: 10 puntos.

- Entre 35 y 40 años: 5 puntos.

- Entre 40 y 45 años: 3 puntos

Apartado 1º del artículo 7:

1º El proceso de presentación de solicitudes comenzará el mismo día que la presente ordenanza entre en vigor y continuará abierto indefinidamente salvo que no hubiesen proyectos suficientes a la espera que en tal caso se abrirá por el alcalde un periodo de presentación de 30 días, continuando indefinidamente tras la adjudicación.

Colindres, 2 de julio de 2014.

El alcalde,

José Ángel Hierro Rebollar.

2014/9885