Legislación

Aprobacion definitiva de modificacion de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Ocupacion del Dominio Publico con Puestos, Barracas, Casetas de Venta, Espectaculos, Atracciones y Recreos, situados en terrenos de uso publico, asi como Industrias Callejeras y Ambulantes. - Boletín Oficial de Cantabria, de 10-11-2008

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE LAREDO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 217

F. Publicación: 10/11/2008

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 217 de 10/11/2008 y no contiene posibles reformas posteriores

Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 30 de julio de 2008, el expediente por el que se procedía a la modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público con Puestos, Barracas, Casetas de Venta, Espectáculos, Atracciones, y Recreos, situados en terrenos de uso público, así como Industrias Callejeras y Ambulantes. Habiendo sido objeto de exposición pública el citado acuerdo durante treinta días hábiles, sin que se hubiere interpuesto contra el mismo alegación o reclamación alguna, se eleva a definitivo el mencionado expediente, procediéndose a la publicación íntegra del texto de las referidas modificaciones. La entrada en vigor de las mismas se producirá a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio y seguirá en vigor mientras no se acuerde su derogación o modificación.

De conformidad con lo dispuesto en el R.D.L. 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra la citada aprobación definitiva los interesados legítimos podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establece la Ley Reguladora de dicha jurisdicción.

El texto íntegro de la modificación de la ordenanza señalada, consite en añadir a la tarifa diaria ya existente en ese epígrafe, las tarifas semanal y anual que se señalan a continuación:

Artículo 6. Cuota tributaria.

Tarifas.

Concepto: Barracas, de todo tipo de espectáculos, carruseles, recreos, y puestos de feria.

Importe: 294,00 euros/semana. 12.800,00 euros/año.

Se liquidarán las cuotas semanal y anual considerando unidades y fracciones.

Laredo, 17 de octubre de 2008.–El alcalde accidental (ilegible).