Legislación

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del Uso del Edificio de Usos Sociales de Tarriba., - Boletín Oficial de Cantabria, de 17-11-2014

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Cantabria

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE SAN FELICES DE BUELNA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 221

F. Publicación: 17/11/2014

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 221 de 17/11/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial efectuado en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de fecha de 28 de agosto de 2014, de modificación de la Ordenanza de Utilización del Edificio de Uso Social, el citado acuerdo se entiende definitivo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en virtud del cual se procede a la publicación íntegra del único artículo que ha sido modificado parcialmente respecto a la Ordenanza afectada:

"Artículo 9. Programación de la disponibilidad.

Únicamente es susceptible de cesión de uso la planta baja del edificio, reservándose la planta primera para exposiciones, conferencias, presentaciones y demás eventos culturales promovidos por el Ayuntamiento.

Todas las cesiones de uso que gestione el Ayuntamiento mantendrán una estricta coordinación conforme a las siguientes reglas:

- Los usos precisados por el ayuntamiento tendrán prioridad en relación con el resto de peticiones de uso formuladas por particulares, asociaciones o colectivos municipales.

- Las asociaciones y colectivos con sede en el municipio deberán formular sus peticiones de cesión del local en el mes de diciembre en relación con los usos que pretendan realizar en el año entrante. De no ser así, perderán su preferencia respecto a las peticiones que formulen los particulares.

- Los particulares podrán presentar las solicitudes de uso con un margen máximo de tres meses. No se abrirá el periodo siguiente de reserva de disponibilidad sino hasta la finalización del mes inicial del periodo de tres meses anterior, de forma que hasta el 31 de enero no se abrirá la posibilidad de reserva del mes de abril y así sucesivamente."

San Felices de Buelna, 4 de noviembre de 2014.

El alcalde,

José A. González-Linares Gutiérrez.

2014/15929