Aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales para el año 2011 y derogación de una ordenanza fiscal: -I Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.) I Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) I Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) T Ordenanza reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas, servicios urbanísticos y cartográficos. T Tasa por Licencia de Apertura de establecimientos. Tasa por prestación de Servicios de la Policía, Inmovilización, Depósitos, Retirada de Vehículos de la Vía Pública (GRUA). Tasa por recogida de Basuras. Tasa de Alcantarillado,Tasa por la Utilización Privativa o por el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. Tasa por la Prestación de Servicios y Utilización de las Instalaciones de los Mercados Municipales. Tasa por Derechos de Examen., - Boletín Oficial de Cantabria, de 27-12-2010
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 247
F. Publicación: 27/12/2010
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre 2010, se adoptaron los siguientes acuerdos:
1. Aprobar provisionalmente, y de forma definitiva para el caso de que no se presenten reclamaciones durante el plazo de exposición al público, la modificación de las ordenanzas fiscales que a continuación se indican, las cuáles habrán de regir a partir del 1 de enero del año 2011:
1-I Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.)
2-I Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
3-I Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.)
1-T Ordenanza reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas, servicios urbanísticos y cartográficos.
2-T Tasa por Licencia de Apertura de establecimientos.
4-T Tasa por prestación de Servicios de la Policía, Inmovilización, Depósitos, Retirada de Vehículos de la Vía Pública (GRUA).
5-T Tasa por recogida de Basuras.
7-T Tasa de Alcantarillado
9-T Tasa por la Utilización Privativa o por el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.
10-T Tasa por la Prestación de Servicios y Utilización de las Instalaciones de los Mercados Municipales.
11-T Tasa por Derechos de Examen.
2. Aprobar inicialmente, y de forma definitiva para el caso de que no se presenten reclamaciones durante el plazo de exposición al público, la derogación de la siguiente ordenanza fiscal, por haber sido regulada expresamente en Reglamento Regulador del Servicio de Auto-Taxi:
3-T Tasa por Licencia de Autotaxis y demás Vehículos de Alquiler.
Transcurrido el plazo de exposición al público de los citados acuerdos provisionales y no habiéndose presentado dentro del mismo reclamación alguna, se elevan a definitivos dichos acuerdos según lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el texto íntegro de los acuerdos de modificación que figuran como anexo a éste anuncio.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra dichos acuerdos los interesados podrán interponer Recurso Contencioso Administrativo, a partir de la publicación del presente anuncio, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Santander, 16 de diciembre de 2010.
El alcalde-presidente,
Íñigo de la Serna Hernaiz.
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