Aprobación definitiva del Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta para 2024, - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 30-12-2023
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Ambito: Ceuta
Órgano emisor: CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 202384
F. Publicación: 30/12/2023
Aprobación definitiva del Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta para 2024.
El Pleno de la Asamblea, en sesión celebrada el 27 de diciembre de 2023, ha aprobado definitivamente el Presupuesto General de la Ciudad para 2024.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 74 del Reglamento de la Asamblea, se
publica el presente anuncio, significándose que el texto íntegro del documento presupuestario se encuentra publicado en la página web de la Ciudad, www.ceuta.es.
Firmado digitalmente en Ceuta en la fecha indicada.
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH
CONSEJERA DE HACIENDA, TRANSICIÓN ECONÓMICA Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
FECHA 28/12/2023
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH, CONSEJERA DE HACIENDA, TRAN. ECONÓMICA Y TRAN. DIGITAL ELEVA AL CONSEJO DE GOBIERNO LA SIGUIENTE
P R O P U E S T A
Una vez culminados los trabajos de redacción de los Presupuestos de la Ciudad de Ceuta para el ejercicio 2024, en cumplimiento del artículo 40 del Estatuto de Autonomía y en concordancia con el artículo 74 del Reglamento de la Asamblea, que atribuye al Consejo de Gobierno la elaboración y ejecución del Presupuesto de la Ciudad y a la Asamblea de Ceuta su examen, enmienda, aprobación y control, de acuerdo con la legislación estatal sobre financiación
de las Entidades Locales, se presenta el mismo para su conocimiento.
El citado artículo 74 establece el procedimiento a seguir de la siguiente manera:
“1.- Elaborado el presupuesto por el Consejo de Gobierno, éste lo remitirá, informado por la Intervención, con los anexos y documentación complementaria, al Pleno de la Corporación para su aprobación inicial.
El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestos que integran el presupuesto general, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamente.
2.- Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el B.O.C.C.E, por quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.
3.- Asimismo, una vez publicado el acuerdo de aprobación inicial en el BOCCE, los grupos políticos dispondrán de un plazo de quince días hábiles para presentar sus enmiendas. El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante esos plazos no se hubiesen presentado reclamaciones ni enmiendas; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
4.- En el supuesto de haberse presentado reclamaciones, se someterá el expediente al Pleno de la Asamblea, desarrollándose el debate de acuerdo con lo dispuesto en el siguiente artículo.
Las sesiones en las que se aborde la aprobación inicial y la definitiva del presupuesto tendrán carácter extraordinario y contendrán como único asunto del orden del día el de esa aprobación.
La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
5.- El expediente aprobado se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, remitiéndose copia a la Administración General del Estado.
6.- El presupuesto entrará en vigor en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el apartado anterior.
7.- Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del ejercicio anterior, con sus créditos iniciales, hasta la entrada en vigor del nuevo, con la salvedad de los créditos que deban concluir en el ejercicio anterior o estén financiados con ingresos específicos o afectados.
8.- Copia del presupuesto y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público a efectos informativos y publicado en la página web de la Ciudad, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio”.
Atendido el informe del Interventor de la Ciudad sobre la tramitación del expediente, al Consejo de Gobierno se propone la adopción de los siguientes acuerdos:
1.- Dar por presentado y elaborado el proyecto de Presupuesto de la Ciudad de Ceuta para el ejercicio 2024.
2.- Continuar con la tramitación establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Asamblea anteriormente relacionado.
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH, CONSEJERA DE HACIENDA, TRAN. ECONÓMICAY TRAN DIGITAL, AL PLENO DE LA ASAMBLEA ELEVA LA SIGUIENTE
PROPUESTA
El Consejo de Gobierno, en uso de las atribuciones recogidas en el art. 74 del Reglamento de la Asamblea, por el que se asigna a ese órgano la elaboración y ejecución del Presupuesto de la Ciudad y a la Asamblea de Ceuta su examen, enmienda,aprobación y control, ha elaborado el Proyecto de Presupuesto General de la Ciudad para 2024, en el que se han seguido todas las prescripciones y requisitos establecidos por el RDL 2/2004, que aprueba la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Atendido los informes que constan en el expediente, en particular los relativos a la tramitación a seguir para culminar la ejecución del expediente, se propone la adopción de los siguientes acuerdos:
a) Aprobar inicialmente el proyecto del Presupuesto de la Ciudad de Ceuta para el ejercicio 2024.
b) Exponer el documento al público, durante el plazo de quince días, para que los interesados puedan presentar reclamaciones al mismo.
c) Remitir una copia de los documentos a los grupos políticos con representación en la Asamblea, con objeto de que puedan presentar sus enmiendas.
d) Declarar indisponibles los créditos presupuestarios que constan en la memoria de la Consejera.
e) Continuar con la tramitación legalmente establecida.
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH, CONSEJERA DE HACIENDA, TRANSICIÓN ECONÓMICA Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL, AL PLENO DE LA ASAMBLEA ELEVA LA SIGUIENTE PROPUESTA
Producida la aprobación inicial del Presupuesto General de la Ciudad para 2024, ha sido expuesto al público el expediente, en aplicación de lo dispuesto en el art. 74 del Reglamento de la Asamblea, durante el plazo de quince días, para la presentación de alegaciones y reclamaciones por parte de particulares y de enmiendas por parte de los grupos políticos con representación en la Asamblea.
En relación con la aprobación definitiva del Presupuesto de la Ciudad para el ejercicio 2024, y teniendo en cuenta el procedimiento establecido en los artículos 73, 74 y 75 del vigente Reglamento de la Asamblea, se somete al Pleno, la adopción de los siguientes acuerdos:
1.- La estimación o desestimación de las enmiendas y reclamaciones presentadas durante el período de información pública del documento inicialmente aprobado por el Pleno de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2023. A los efectos que procedan, se adjunta como anexo 1 un resumen de las enmiendas y reclamaciones presentadas.
2.- Aprobar de manera definitiva el Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta para 2024, resultado de incorporar al Presupuesto inicialmente aprobado las enmiendas y reclamaciones estimadas en el punto anterior.
3.- Acordar la indisponibilidad de los créditos presupuestarios que consta en el expediente.
4.- Facultar a la Consejera de Hacienda, Transición económica y Transformación Digital, para la publicación del Presupuesto aprobado definitivamente y para cuantos actos sean precisos al debido cumplimiento de lo acordado.
ANEXO 1
ENMIENDAS Y RECLAMACIONES – PRESUPUESTOS CIUDAD DE CEUTA 2024
(ANEXO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación -BOCCE 30/12/2023-
