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Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias de Instalacion y de Apertura o Funcionamiento de Establecimientos y Actividades - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 10-03-2009

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Ambito: Ceuta

Órgano emisor: CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 4824

F. Publicación: 10/03/2009

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 4824 de 10/03/2009 y no contiene posibles reformas posteriores

- El Pleno de la Asamblea en sesión Ordinaria celebrada el día 19 de Febrero de 2.009, adoptó el siguiente acuerdo:

- Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias de Instalación y de Apertura o Funcionamiento de Establecimientos y Actividades.

- Someter dicha Ordenanza a un periodo de información pública de 30 días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el B. O. C. CE con audiencia a los interesados durante ese plazo para presentación de reclamaciones y sugerencias.

- En caso de no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Lo que se publica en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Ley de Bases del Régimen Local, señalando que los interesados que podrán consultar el texto de la Ordenanza Municipal Reguladora de licencias de Instalación y de Apertura o Funcionamiento de Establecimientos y Actividades, en las dependencias de la Consejería de Fomento (Negociado de Urbanismo), en la tercera planta del Palacio de la Asamblea, en horario de la mañana de 9.00 a 13.00 horas.

Ceuta, 6 de marzo de 2009.- VºBº EL PRESIDENTE.- P. D. F. EL CONSEJERO DE FOMENTO (Decreto de la Presidencia de 1704/08).- Fdo.: Juan Manuel Doncel Doncel.- LA SECRETARIA GENERAL.- Por delegación (BOCCE n.º4.548, de 18- 07- 2006).- EL TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.- Miguel AngelEscamilla Ferro.