Resolución de 18 de febrero de 2026, de encomienda patrimonial a la Fundación Semana Verde de Galicia para el desarrollo de las pruebas de acceso a distintos cuerpos y categorías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el año 2026RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2026, de la Secretaría General Técnica y del Tesoro de la Consellería de Hacienda y Administración Pública
Resolución de 18 de febrero de 2026, de encomienda patrimonial a la Fundación Semana Verde de Galicia para el desarrollo de las pruebas de acceso a distintos cuerpos y categorías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el año 2026
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se da publicidad a la encomienda de la Consellería de Hacienda y Administración Pública a la Fundación Semana Verde de Galicia, que tiene las siguientes características:
Actividad: la Fundación Semana Verde de Galicia prestará a la Consellería de Hacienda y Administración Pública el apoyo al desarrollo de las pruebas de los siguientes procesos selectivos:
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
Naturaleza y alcance de la gestión del encargo: encargo a medios propios en cumplimiento de lo recogido en la disposición adicional décima, encomienda patrimonial de la Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, por tener la Fundación Semana Verde de Galicia la consideración de medio propio instrumental y de servicio técnico de la Administración general de la Comunidad Autónoma, en función de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
Presupuesto: el presupuesto es de 463.916,26 EUR. El gasto derivado de este encargo se imputará a la aplicación presupuestaria 23.04.124A.226.13 (código de proyecto 2015/00187) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el 2026, en la que existe crédito adecuado y suficiente.
Esta operación no está sujeta a IVA de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido.
Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2026
David Cabañó Fernández
Secretario general técnico y del Tesoro de la Consellería de Hacienda y Administración Pública
