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Sexto.Instrucción n.º 1/2026, de 28 de enero

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Sexto. Entrevistas durante la inspección.

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Para garantizar el buen fin de la actividad inspectora, el equipo de inspección podrá realizar las entrevistas que sean necesarias con los jueces, juezas, magistrados y magistradas, los letrados y letradas de la Administración de Justicia responsables de los servicios comunes, o en su caso, áreas, equipos, negociados o unidades correspondientes y demás integrantes de la oficina judicial, a fin de conocer el funcionamiento del órgano judicial y la tramitación de los asuntos, sin perjuicio del análisis de los datos que resulten del sistema de gestión procesal.
Las entrevistas con los letrados y letradas de la Administración de Justicia y personal de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales podrán realizarse con la participación del director o directora del servicio común de tramitación o del letrado o letrada de la Administración de Justicia en quien este delegue.
A los mismos efectos, el equipo de inspección también podrá realizar las entrevistas que sean necesarias con el presidente o presidenta del Tribunal o Audiencia y, en su caso, de la Sala o Sección.