IIIDictamen del Comité E...ProtectEU)

III.Dictamen del Comité Europeo de las Regiones - Perspectivas locales y regionales en la aplicación de la Estrategia Europea para la Seguridad Interior (ProtectEU)

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III. MARCO JURÍDICO Y POLÍTICO EUROPEO

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27. recuerda que la Estrategia ProtectEU se incardina en una continuidad de intensa actividad normativa que refleja la creciente voluntad de la Unión de estructurar una política integrada de seguridad interior que respete las competencias nacionales;
28. destaca que esta Estrategia complementa una serie de textos importantes anteriores, en particular:
- la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad [COM(2020) 605 final];
- la Agenda de Lucha contra el Terrorismo de la UE [COM(2020) 795 final];
- la Directiva (UE) 2022/2557, relativa a la resiliencia de las entidades críticas.
- la Directiva (UE) 2022/2555 (SRI 2), relativa a la ciberseguridad;
- el Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo [COM(2020) 609];
- la Carta de los Derechos Fundamentales, en particular su artículo 6 (derecho a la seguridad), su artículo 7 (privacidad), su artículo 8 (protección de datos) y su artículo 11 (libertad de expresión);

29. llama la atención sobre la Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2022 [2021/2257 (INI)], en la que se pide la participación de los entes locales y regionales en las políticas de seguridad, ciberseguridad y prevención de la radicalización;
30. subraya la necesidad de que estos marcos sean accesibles a los entes locales y regionales a través de plataformas traducidas, resúmenes operativos, espacios para compartir mejores prácticas, el observatorio de amenazas híbridas y el portal de ciberseguridad de la ENISA;
31. recomienda que se elabore un código europeo de cooperación territorial en materia de seguridad interior que formalice la participación de los entes locales y regionales en la aplicación del Derecho europeo en este ámbito;
32. recuerda que, si bien el mantenimiento del orden público es competencia de los Estados miembros (artículo 4, apartado 2, del TUE), corresponde a la Unión y a sus instituciones velar por que los fondos europeos, las estrategias transversales y los instrumentos de coordinación sean accesibles y se adapten a las realidades locales;