Articulo 1 214 DLeg 3/2...s públicos

Articulo 1 214 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

Ver Indice
»

Artículo 1. 2-14. Devoluciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El sujeto pasivo tiene derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son imputables, no se han prestado las actividades o los servicios gravados.