Articulo 1 24 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
Ver Indice
»Artículo 1. 2-4. Principio de capacidad económica
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En la fijación de las tasas se tendrá en cuenta, cuando lo permitan las características del tributo, la capacidad económica de las personas que deben satisfacerlas.
