Articulo 1 Actividades de formación para el personal de la Administración local
Articulo 1 Actividades de...ción local

Articulo 1 Actividades de formación para el personal de la Administración local

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Primera. Requisitos de las personas participantes

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Podrá participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución el personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional y el resto del personal empleado público al servicio de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, que esté prestando servicios en otras administraciones públicas de Galicia, que se encuentre en situación de servicio activo (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Está exceptuado el personal de las escalas de los cuerpos de la policía local y bomberos.

2. Para las actividades impartidas en una modalidad que incluye teleformación, las personas interesadas deberán disponer de una cuenta de correo electrónico, cuya dirección tendrán que indicar en la solicitud, y de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

- Un ordenador con conexión a internet.

- Un navegador web actualizado.

Para las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia contarán, además, con un manual de usuario en el enlace https://egap.xunta.gal/ecloud/index.php/s/ZKijmeiZ5ypS3jd donde se explica cómo acceder a la plataforma de telepresencia y se describen los componentes que el equipo necesita para un funcionamiento básico de la plataforma.