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Articulo 1 Actuaciones protegibles en materia de vivienda

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Realizado el primer desarrollo reglamentario de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, mediante el Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, por el que se regula el Censo de solicitantes de vivienda protegida, que vino a desarrollar su Título III, el objetivo principal del presente Decreto Foral es seguir profundizando en las previsiones contenidas en la mencionada Ley Foral, en lo que a las actuaciones protegibles existentes en materia de vivienda se refiere. Concretamente, este Decreto Foral desarrolla los Títulos II y IV de la Ley Foral 10/2010 que tienen por objeto regular cuestiones tales como el concepto, las características y las tipologías existentes de vivienda protegida; la actividad pública de fomento en materia de vivienda; y las condiciones constructivas, de conservación y mantenimiento de las viviendas.

Todas estas cuestiones se encontraban reguladas anteriormente por el Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda y el fomento de la edificación residencial. Sin embargo, este Decreto Foral ha quedado superado por el nuevo régimen jurídico existente en la actualidad en Navarra tras la entrada en vigor de la Ley Foral 10/2010 y el Decreto Foral 25/2011, que vinieron a derogar o modificar, tanto expresa como tácitamente, muchas de las previsiones contenidas en el mismo.

Por otro lado, la Comunidad Foral de Navarra no puede ser ajena a la situación de crisis económica en la que se halla inmersa el conjunto de la Unión Europea, y las medidas de reducción del déficit y de control del gasto público que ésta demanda. Esta situación exige un replanteamiento del conjunto de las ayudas existentes en materia de vivienda con la finalidad de realizar un gasto efectivo de los fondos públicos, más acorde con las necesidades actualmente existentes, y de redistribuir los recursos públicos entre las diferentes actuaciones protegibles en función de su relevancia.

De este modo, se hace necesaria la aprobación de un nuevo Decreto Foral por el que, por un lado, se dote de la necesaria seguridad jurídica al marco normativo existente en materia de vivienda en Navarra y, por otro, se recojan las nuevas actuaciones protegibles en materia de vivienda y las diferentes ayudas que se reconocen en apoyo a estas actuaciones.

Para ello, el presente Decreto Foral se desarrolla a lo largo de seis capítulos y consta de ochenta artículos, nueve disposiciones adicionales, siete disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, tres disposiciones finales y dos anexos.