Articulo 1 Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental
- Directiva derogada con efecto a partir del 2 de agosto de 2022. No obstante, todo período de permiso parental y todos los períodos acumulables de permiso parental disfrutados o transferidos por un trabajador en virtud de la presente Directiva antes del 2 de agosto de 2022 podrán deducirse del derecho de permiso parental de dicho trabajador en virtud del art. 5 de la Directiva (UE) 2019/1158.
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»Artículo 1
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La presente Directiva aplica el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, celebrado el 18 de junio de 2009 por las organizaciones europeas de interlocutores sociales intersectoriales (Business Europe, UEAPME, CEEP y CES), que figura en el anexo.
