Articulo 1 Administración de la Junta

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Artículo 1. Objeto y ámbito de la Ley.

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1. La presente Ley regula la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico de la Administración de la Junta de Andalucía, así como las especialidades del procedimiento administrativo común que le son propias.

Asimismo, regula los principios generales de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía.

2. Las entidades mencionadas en el párrafo segundo del apartado anterior sujetarán su actividad a esta Ley en todo caso cuando actúen en el ejercicio de potestades administrativas.