Articulo 1 Administración Local
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Artículo 1. La Administración local aragonesa.

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La Comunidad Autónoma de Aragón organiza su Administración Local conforme a lo dispuesto en la presente Ley, en el marco de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Aragón y la legislación básica de régimen local.

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  • Texto Original. Publicado el 17-04-1999 en vigor desde 17-07-1999