Articulo 1 se amplía el l...ción Local

Articulo 1 se amplía el listado de titulaciones que sirven de mérito en el procedimiento de concurso-oposición que pueden convocar las entidades locales para la selección de funcionario interino para cubrir los puestos de funcionario de Administración Local

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El Decreto 36/2022, de 22 de septiembre, por el que se regulan los procedimientos de selección y nombramiento de funcionarios interinos para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y se crean y regulan las bolsas de trabajo autonómicas para la provisión interina de dichos puestos (B.O.C. y L. n.º 186 de 26 de septiembre de 2022), en su artículo 15 recoge los méritos que se valoran a los aspirantes en el concurso oposición que pueden convocar las Entidades Locales para la selección de funcionario interino para cubrir los puestos de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional y en el artículo 21 se recogen los méritos que se valoran a los aspirantes para integrar la sección segunda de la bolsa de trabajo para la provisión interina de los puestos de Secretaría Intervención y, concretamente, en los apartados 3.e) del artículo 15 y en el apartado 1.e) del artículo 21 se indica como mérito la posesión de determinadas titulaciones, siempre que no hayan servido como requisito de acceso del aspirante:

«La posesión de las siguientes titulaciones, siempre que no hayan servido como requisito de acceso del aspirante: Licenciatura en Derecho, Grado en Derecho, Grado en Ciencias jurídicas de las Administraciones Públicas, Grado en Gestión y Administración Pública, Grado en Ciencia Política y Gestión Pública, Grado en Ciencia Política y Administración Pública, Licenciatura en Económicas, Licenciatura en Economía, Grado en Economía, Grado en Ciencias Económicas, Grado en Economía y Gestión, Grado en Economía y Finanzas.»